Acuerdo 21/1995, de 6 de febrero de 1995

AcuerdoCriterio general

Promotores de una agrupación de electores como candidatos de esta

Resumen

Los promotores de las agrupaciones de electores pueden ser candidatos de las propias agrupaciones.

Epígrafe
§ 7.3 Agrupaciones de electores
Sesión
1995-02-06
Expediente
282/7

También afecta a: § 8.2

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