Acuerdo 211/2015, de 13 de mayo de 2015

AcuerdoCriterio general

Cobertura de un grupo político significativo en el plan de RTVE en Baleares

Resumen

Desestima el recurso de Podemos contra el plan de cobertura de RTVE en Baleares, que le asigna una entrevista de tres minutos en TVE y otra de cinco en Radio Nacional: al presentarse por primera vez a las elecciones autonómicas, solo cabe considerarlo grupo político significativo en los términos de la Instrucción 1/2015, por haber alcanzado el 10,33 % de los votos válidos en las últimas elecciones al Parlamento Europeo. Ello no implica trasladar a este proceso el porcentaje de votos obtenido en unas elecciones distintas; la Instrucción solo exige que la cobertura de los grupos políticos significativos no sea mayor que la de las formaciones con representación ni menor que la del resto, por lo que la previsión es razonable y no vulnera el artículo 66 de la LOREG ni los principios de pluralismo e igualdad.

Epígrafe
§ 11.7 Grupos políticos significativos
Sesión
2015-05-13
Expediente
293/534

También afecta a: § 11.3 · § 11.6

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