Competencia para decidir sobre incidencias en las Mesas el día de la votación
Corresponde a las Juntas Electorales de Zona adoptar, en relación con las Mesas electorales, las decisiones que procedan el día de la votación, lo que se responde al Ayuntamiento que pedía instrucciones ante la distribución de un documento que se instaba a entregar en la Mesa al depositar el voto.
También afecta a: § 16.4