Acuerdo 235/2004, de 14 de marzo de 2004

AcuerdoCaso concreto

Denuncia de un elector por la emisión de determinados espacios en televisión

Resumen

La Junta Electoral Provincial debe trasladar al denunciante que, si entiende que alguna de las actuaciones de que tenga noticia es constitutiva de delito, ha de ponerla en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Epígrafe
§ 19.3 Delitos electorales y traslado al Ministerio Fiscal
Sesión
2004-03-14
Expediente
292/331

También afecta a: § 20.2

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