Acuerdo 237/1995, de 24 de abril de 1995

AcuerdoCriterio general

Número de candidatos y suplentes en municipios de 100 a 250 habitantes

Resumen

En los municipios de entre 100 y 250 habitantes, con listas abiertas, cada candidatura puede presentar un máximo de candidatos igual al de puestos a cubrir, sin perjuicio de que cada candidato titular pueda incluir un suplente del mismo.

Epígrafe
§ 8.9 Candidaturas en municipios de régimen especial y entidades locales menores
Sesión
1995-04-24
Expediente
283/98

También afecta a: § 8.2

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