Acuerdo 28/1998, de 23 de febrero de 1998

AcuerdoCriterio general

Publicidad de los partidos en televisiones privadas fuera de período electoral

Resumen

La JEC carece de competencia sobre las actividades de publicidad y otras que realizan las entidades políticas en momentos en que no se encuentra convocado ningún proceso electoral, lo que se responde a la consulta sobre la contratación por los partidos de espacios de publicidad en las televisiones privadas en período no electoral.

Epígrafe
§ 1.2 Junta Electoral Central: competencias, consultas e instrucciones
Sesión
1998-02-23
Expediente
290/450

También afecta a: § 9.6

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