Acuerdo 304/1994, de 12 de junio de 1994

AcuerdoCaso concreto

Robo y deterioro de solicitudes de voto por correo en una oficina postal

Resumen

Ante el robo de una solicitud de voto por correo y la apertura y ruptura de otras tres en una oficina de Correos, la Junta Electoral Provincial de Murcia debe ponerlo de inmediato en conocimiento de los interesados para que, una vez adoptadas por la Oficina del Censo Electoral las medidas necesarias, puedan votar personalmente en la Mesa que les corresponda si no han podido hacerlo por correo.

Epígrafe
§ 14.4 Voto por correo: irregularidades y garantías
Sesión
1994-06-12
Expediente
320/19

También afecta a: § 14.1

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