Acuerdo 325/2004, de 1 de junio de 2004

AcuerdoTrámite

Debates y entrevistas previstos por la radio y televisión pública de Andalucía

Resumen

En virtud del apartado 2 del número primero de la Instrucción de 13 de septiembre de 1999, en desarrollo del artículo 66 de la LOREG, y habiéndose acordado la delegación del artículo 65.5 de la LOREG en favor de las Juntas Electorales Provinciales, se ratifica y reitera la resolución de la Presidencia de la JEC de 28 de mayo, cuyo contenido no se reproduce.

Epígrafe
§ 11.3 Planes de cobertura informativa de los medios públicos
Sesión
2004-06-01
Expediente
292/402

También afecta a: § 11.5 · § 1.8

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →