Acuerdo 34/1994, de 4 de febrero de 1994

AcuerdoCaso concreto

Comisión gestora por renuncia de casi todos los concejales y suplentes

Resumen

Tras la renuncia de todos los miembros de la Corporación y de los suplentes de las listas, salvo uno, ha de constituirse, conforme al último párrafo del artículo 182 de la LOREG, una comisión gestora integrada por el único miembro que continúa y por seis personas de adecuada idoneidad o arraigo en la localidad designadas por la Diputación Provincial de Soria, teniendo en cuenta los resultados de la última elección municipal.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1994-02-04
Expediente
000/94020429

También afecta a: § 23.4

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