Acuerdo 38/2002, de 27 de febrero de 2002

AcuerdoCaso concreto

Comisión gestora por renuncias que reducen la corporación por debajo de dos tercios

Resumen

No habiendo otros candidatos que puedan cubrir las vacantes producidas por las renuncias y siendo el número de hecho de miembros de la Corporación inferior a los dos tercios del número legal, procede, conforme al artículo 182 de la LOREG, constituir una Comisión Gestora integrada por los tres concejales que continúan y por dos vocales designados por la Diputación Foral de Navarra entre personas de adecuada idoneidad y arraigo, teniendo en cuenta los resultados de las elecciones locales de 13 de junio de 1999.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
2002-02-27
Expediente
359/143

También afecta a: § 23.4

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