Voto del personal desplazado en bases y buques españoles en la Antártida
El artículo 74 de la LOREG prevé especialidades en el voto por correo del personal embarcado en buques de la Armada, de la Marina Mercante española o de la flota pesquera, y el artículo 9 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, dispone que la solicitud se haga por radiotelegrafía y que los sobres con el voto se remitan por correo certificado y urgente desde cualquiera de los puertos en que atraque el buque; la consulta se remite además al Gobierno por si estima oportuno adoptar iniciativas normativas.
También afecta a: § 20.7