Acuerdo 414/2007, de 8 de noviembre de 2007

AcuerdoCaso concreto

Voto del personal desplazado en bases y buques españoles en la Antártida

Resumen

El artículo 74 de la LOREG prevé especialidades en el voto por correo del personal embarcado en buques de la Armada, de la Marina Mercante española o de la flota pesquera, y el artículo 9 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, dispone que la solicitud se haga por radiotelegrafía y que los sobres con el voto se remitan por correo certificado y urgente desde cualquiera de los puertos en que atraque el buque; la consulta se remite además al Gobierno por si estima oportuno adoptar iniciativas normativas.

Epígrafe
§ 14.8 Personal embarcado, Fuerzas Armadas y otros colectivos con procedimiento especial
Sesión
2007-11-08
Expediente
329/103

También afecta a: § 20.7

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