Acuerdo 42/1989, de 17 de mayo de 1989

AcuerdoCaso concreto

Cambio de logotipo en la papeleta oficial y papeletas en las zonas castellanoparlantes de Navarra

Resumen

El cambio del logotipo impreso en la papeleta oficial no implica modificación de la candidatura, por lo que procede acceder a él, sin perjuicio de la indemnización que pueda corresponder a la Administración del Estado por los gastos de confección de las papeletas anteriores; en las zonas castellanoparlantes de Navarra las papeletas se confeccionan en castellano con el mismo contenido que las de la zona vascoparlante, al haberse acogido la candidatura al artículo 222 de la Ley Electoral para todo el territorio de la Comunidad Foral.

Epígrafe
§ 13.2 Contenido de las papeletas
Sesión
1989-05-17
Expediente
000/89051709

También afecta a: § 6.6 · § 13.3

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