Acuerdo 47/1983, de 23 de mayo de 1983

AcuerdoCriterio general

Competencia de las Juntas Electorales sobre una campaña institucional autonómica

Resumen

Las competencias de las Juntas Electorales se refieren a los actos de campaña electoral realizados o promovidos por las entidades políticas concurrentes al proceso electoral, lo que se comunica a la Junta Electoral Provincial de Tenerife ante una denuncia contra la campaña institucional del Gobierno Autónomo de Canarias.

Epígrafe
§ 10.1 Campaña institucional de información y participación
Sesión
1983-05-23
Expediente
000/83052301

También afecta a: § 1.2

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