Acuerdo 73/2020, de 3 de junio de 2020

AcuerdoCaso concreto

Ampliación de plazos del voto CERA y ERTA en las elecciones vascas y gallegas de 2020

Resumen

Con carácter excepcional, por la pandemia del COVID-19, amplía para las elecciones al Parlamento Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020: el plazo de solicitud del voto de los electores CERA y ERTA hasta el 16 de junio; el de envío por correo a los Consulados del voto CERA (artículo 75.4 de la LOREG) hasta el 11 de julio; y el de depósito en urna consular (artículo 75.5) hasta las 20 horas (horario peninsular) del 12 de julio. Los Consulados deben abrir el 11 y el 12 de julio y remitir los sobres por el procedimiento más rápido al Ministerio de Asuntos Exteriores, que ha de procurar ponerlos a disposición de Correos para su entrega a las Juntas Electorales Provinciales antes del escrutinio; estas considerarán válidos los votos por correo dirigidos a las oficinas consulares cuyo envío conste no más tarde del 11 de julio.

Epígrafe
§ 14.5 Voto de los residentes en el extranjero (CERA): procedimiento
Sesión
2020-06-03
Expediente
321/508

También afecta a: § 14.7 · § 14.6

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