Obtención de datos pormenorizados de resultados electorales de un municipio
La JEC, conforme al artículo 108.6 de la LOREG, publica en el BOE los resultados generales y por circunscripciones de los procesos electorales que le competen; para obtener datos pormenorizados de un municipio, el interesado debe dirigirse al Secretario de la Junta Electoral de Zona correspondiente, a quien corresponde la custodia de la documentación electoral.
También afecta a: § 17.6