Grabación de imágenes en colegios electorales y sondeos el día del referéndum
El ejercicio de la libertad de información por los medios de comunicación el día de la celebración de un referéndum no está sujeto a autorización, si bien no cabe preguntar a los electores por el sentido de su voto dentro de los colegios electorales ni en sus inmediaciones, entendidas como los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el sufragio; los resultados del sondeo de voto pueden hacerse públicos a partir de las 20 horas, hora de terminación de la votación, teniendo en cuenta que en las Islas Canarias el cierre de los colegios se produce a las 21 horas (hora peninsular). Es doctrina reiterada.