Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas
Ley 7/1988 · Disposición final primera

Disposición final primera.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 27 de abril de 1988

Disposición final primera.

1. Quedan derogadas la Ley de 3 de diciembre de 1953 sobre Organización, Funciones y Procedimientos del Tribunal de Cuentas del Reino, modificada por la 87/1961, de 23 de diciembre; el Reglamento del Tribunal de Cuentas de la República de 16 de julio de 1935; el Reglamento Orgánico del Tribunal Supremo de la Hacienda Pública de 3 de marzo de 1925, en la parte relativa al Tribunal de Cuentas, y cuantas disposiciones se opongan a lo preceptuado en la presente.

2. Queda igualmente derogado el artículo 14 de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, sobre proceso autonómico.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, Disposición final primera. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1988-8678). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-7-1988-funcionamiento-tribunal-de-cuentas/texto/primera-3/.