Ley de Ordenación Territorial de las Illes Balears
Ley 14/2000 · Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 28 de diciembre de 2000

Disposición transitoria segunda.

No obstante lo previsto en el artículo 17 de esta Ley, las Normas territoriales cautelares aprobadas antes de su entrada en vigor seguirán produciendo sus efectos hasta la entrada en vigor del instrumento de ordenación correspondiente.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de Ordenación Territorial de las Illes Balears, Disposición transitoria segunda. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2001-1441). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-14-2000-ordenacion-territorial-illes-balears/texto/dtsegunda/.