CAPÍTULO II. El Registro Autonómico de Actividades Itinerantes
Esta versión procede de
Ley 6/2019, de 8 de febrero
107 preceptos afectados en esa reforma · Ver en el BOE
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CAPÍTULO II
El Registro Autonómico de las Actividades Itinerantes
El Registro Autonómico de las Actividades Itinerantes
CAPÍTULO II
El Registro Autonómico de Actividades Itinerantes
Notas del BOE
Se modifica por el art. 15 de la Ley 6/2019, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2019-3914
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley de actividades de las Illes Balears, CAPÍTULO II. El Registro Autonómico de Actividades Itinerantes. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2014-655). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-7-2013-actividades-illes-balears/texto/ci-9/.
