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[preambulo]. EL PRESIDENTE DE LAS ILLES BALEARS
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- TÍTULO I. Disposiciones generales
- CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
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Artículo 1. Objeto de la ley.
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Artículo 2. Ámbito de aplicación.
6 versiones · 29.11.2022
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Artículo 3. Principios.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 4. Definiciones.
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Artículo 5. Clasificación de actividades.
3 versiones · 19.05.2022
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Artículo 6. Competencias de intervención sobre las actividades.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 7. Condiciones generales de funcionamiento de las actividades e instalaciones y de ejecución de proyectos.
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Artículo 8. Concurrencia de autorizaciones, acuerdos y/o informes.
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Artículo 9. Documentación técnica.
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Artículo 10. Seguros.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 11. Modificaciones de las actividades.
7 versiones · 13.06.2026
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Artículo 12. Transmisión y cambio de titular.
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Artículo 13. Caducidad del título habilitante.
5 versiones · 13.06.2026
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Artículo 14. Documentación de la cual se debe disponer obligatoriamente en el lugar donde se ejerce la actividad.
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Artículo 15. Vinculación obras-actividades en las actividades permanentes.
3 versiones · 08.11.2022
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Artículo 16. Segregaciones.
2 versiones · 16.02.2019
- TÍTULO II. Disposiciones relativas a las actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos
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Artículo 17. Procedimiento de instalación e inicio y ejercicio de actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos.
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Artículo 18. Placa exterior.
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Artículo 19. Derecho de admisión.
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Artículo 20. Obligaciones de los titulares de las actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos.
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Artículo 21. Artistas o ejecutantes.
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Artículo 22. Derechos de los espectadores, de los asistentes, de los usuarios y del público en general.
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Artículo 23. Obligaciones de los espectadores, de los asistentes, de los usuarios y del público en general.
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Artículo 24. Protección de los menores.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 25. Horario general de las actividades permanentes de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 26. Publicidad.
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Artículo 27. Entradas.
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- TÍTULO III. Actuaciones de las administraciones públicas
- CAPÍTULO I. La cooperación
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Artículo 28. Supuestos en los que procede la cooperación.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 29. Solicitudes de cooperación interadministrativa.
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Artículo 30. Procedimiento de cooperación.
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Artículo 31. Análisis de expedientes.
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- CAPÍTULO II. Los registros y la Junta Autonómica de Actividades de las Illes Balears
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Artículo 32. Registros de actividades de las Illes Balears.
3 versiones · 29.11.2022
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Artículo 33. Interoperabilidad de datos.
2 versiones · 08.11.2022
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Artículo 34. Comisión Técnica de Actividades de las Illes Balears.
2 versiones · 16.02.2019
- TÍTULO IV. Procedimiento aplicable a las actividades permanentes y a sus modificaciones
- CAPÍTULO I. Régimen general
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Artículo 35. Ejercicio de actividades permanentes.
5 versiones · 08.11.2022
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Artículo 35 bis. Certificación de verificación documental.
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- CAPÍTULO II. Instalación de la actividad
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Artículo 36. Actividades que deberán disponer de un plan de autoprotección.
4 versiones · 20.10.2020
- CAPÍTULO II. Procedimiento para el inicio de instalación y ejecución de obras, si cabe, que requieren permiso de instalación o permiso de instalación y obras
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Artículo 37. Actividades que requieren la ejecución de obras o instalaciones o implican un cambio de uso.
8 versiones · 13.06.2026
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Artículo 38. Actividades que requieren la ejecución de instalaciones sin obras.
8 versiones · 13.06.2026
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Artículo 39. Documentación técnica.
5 versiones · 08.11.2022
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Artículo 40. Consulta sobre la normativa de aplicación en materia de actividades.
4 versiones · 20.10.2020
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Artículo 41. Actividades en edificios existentes.
4 versiones · 20.10.2020
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Artículo 42. Inicio y ejercicio de las actividades inocuas.
4 versiones · 20.10.2020
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Artículo 43. Declaración responsable de inicio y ejercicio de la actividad.
5 versiones · 08.11.2022
- CAPÍTULO III. Procedimiento para el inicio y el ejercicio de la actividad en actividades que no precisan de permiso de instalación
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Artículo 44. Modificación de las instalaciones.
9 versiones · 13.06.2026
- CAPÍTULO III. Inicio y ejercicio de la actividad
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Artículo 45. Efectos de la presentación de la declaración responsable.
9 versiones · 13.06.2026
- CAPÍTULO IV. Procedimiento de inicio y ejercicio de la actividad en actividades que han requerido permiso de instalación
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Artículo 46. Autorizaciones provisionales de instalaciones imprescindibles para desarrollar la actividad principal.
7 versiones · 13.12.2024
- CAPÍTULO IV. Supuestos especiales
- CAPÍTULO II. Supuestos especiales
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Artículo 47. Instalación de infraestructuras comunes.
4 versiones · 20.10.2020
- CAPÍTULO V. Concordancia entre las infraestructuras comunes y las actividades
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Artículo 48. Actividades en espacios compartidos.
4 versiones · 20.10.2020
- CAPÍTULO V. Revisiones técnicas de actividades permanentes
- CAPÍTULO III. Revisiones técnicas de actividades permanentes
- CAPÍTULO VI. Revisiones técnicas de actividades permanentes
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Artículo 49. Obligación de hacer revisiones técnicas periódicas en actividades permanentes.
7 versiones · 13.06.2026
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Artículo 50. Revisiones técnicas periódicas de actividades.
2 versiones · 16.02.2019
- TÍTULO V. Las actividades itinerantes
- CAPÍTULO I. Disposiciones específicas para las actividades itinerantes
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Artículo 51. Instalación de las actividades itinerantes.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 52. Obligaciones del titular.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 53. Marcado CE y normas UNE de aplicación.
2 versiones · 16.02.2019
- CAPÍTULO II. El Registro Autonómico de Actividades Itinerantes
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Artículo 54. Declaración responsable para inscribir la actividad itinerante en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 55. Inscripción en el Registro Autonómico de Actividades Itinerantes.
2 versiones · 16.02.2019
- CAPÍTULO III. Instalación, inicio y ejercicio de las actividades itinerantes
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Artículo 56. Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de la actividad itinerante.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 57. Documentación de la cual debe disponerse obligatoriamente en el lugar donde se desarrolle la actividad itinerante.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 58. Revisiones de las actividades itinerantes.
2 versiones · 16.02.2019
- TÍTULO VI. Disposiciones específicas y procedimiento aplicables a las actividades no permanentes
- CAPÍTULO I. Disposiciones específicas de las actividades no permanentes
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Artículo 59. Naturaleza de la autorización y uso del suelo.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 60. Ejecución de las actividades no permanentes.
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Artículo 61. Actividades no permanentes con procedimiento administrativo propio.
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Artículo 62. Actividades no permanentes en establecimientos físicos donde se desarrollan actividades sin título habilitante.
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Artículo 63. Efectos de la autorización.
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Artículo 64. Documentación de la cual debe disponerse obligatoriamente en el lugar donde se desarrolle la actividad no permanente.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 65. Actividades no permanentes organizadas o promovidas por la misma administración que tiene competencia para autorizarlas.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 66. Actividades taurinas.
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- CAPÍTULO II. Las actividades no permanentes mayores y menores
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Artículo 67. Solicitud de autorización de la actividad no permanente mayor o menor.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 68. Procedimiento de autorización.
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Artículo 69. Resolución.
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- CAPÍTULO III. Actividades no permanentes inocuas
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Artículo 70. Actividades no permanentes inocuas.
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- CAPÍTULO IV. Actividades de recorrido
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Artículo 71. Actividades no permanentes de recorrido.
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- TÍTULO VII. Disposiciones relativas a las actividades sujetas a autorización ambiental integrada
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Artículos 72 a 82.
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- CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
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Artículo 72. Actividades sujetas a autorización ambiental integrada y normativa aplicable.
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Artículo 73. Títulos habilitantes.
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- CAPÍTULO II. Procedimiento de otorgamiento de una autorización ambiental integrada, o de modificación sustancial
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Artículo 74. Solicitud.
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Artículo 75. Instrucción.
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Artículo 76. Resolución.
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Artículo 77. Modificación sustancial.
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Artículo 78. Inicio y ejercicio de la actividad.
2 versiones · 16.02.2019
- CAPÍTULO III. Procedimiento de otorgamiento de una modificación no sustancial de una autorización ambiental integrada
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Artículo 79. Solicitud.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 80. Instrucción.
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Artículo 81. Resolución.
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Artículo 82. Inicio y ejercicio de la actividad.
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- TÍTULO VIII. Inspecciones
- CAPÍTULO I. Vigilancia, control e inspección
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Artículo 83. Atribuciones en la vigilancia, el control y la inspección de las actividades.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 84. Facultades administrativas.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 85. Inspección y control.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 86. Facultades y deberes del personal inspector.
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Artículo 87. Actas.
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Artículo 88. Control de las revisiones periódicas.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 89. Derechos y deberes de la persona titular de la actividad, del personal empleado y de los técnicos o las técnicas de parte.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 90. Facultades de la consejería competente en materia de actividades y espectáculos públicos.
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- CAPÍTULO II. Entidades colaboradoras en materia de actividades
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Artículo 91. Régimen jurídico de las ECAC
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Artículo 92. Sistema de habilitación.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 92 bis. Obligaciones de las entidades colaboradoras.
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Artículo 92 ter. Actas, informes y certificaciones.
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Artículo 92 quater. Supervisión administrativa.
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Artículo 92 quinquies. Suspensión y retirada de la habilitación.
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Artículo 92 sexies. Suspensión y pérdida de la habilitación.
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- TÍTULO IX. Infracciones y sanciones
- CAPÍTULO I. Régimen sancionador
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Artículo 93. Principios generales.
2 versiones · 16.02.2019
- CAPÍTULO II. Planificación autonómica de inspecciones
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Artículo 94. Procedimiento sancionador.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 95. Acción pública.
3 versiones · 19.05.2022
- TÍTULO IX. Infracciones y sanciones
- CAPÍTULO I. Régimen sancionador
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Artículo 96. Delitos e infracciones administrativas.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 97. Prescripción de infracciones.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 98. Prescripción de sanciones.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 99. Notificación a los colegios profesionales correspondientes.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 100. Concurrencia de la normativa de actividades con otras normativas.
4 versiones · 20.10.2020
- CAPÍTULO II. Tipificación de las infracciones
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Artículo 101. Infracciones.
2 versiones · 16.02.2019
- CAPÍTULO II. Tipificación de las infracciones
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Artículo 102. Infracciones leves.
3 versiones · 19.05.2022
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Artículo 103. Infracciones graves.
3 versiones · 19.05.2022
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Artículo 104. Infracciones muy graves.
3 versiones · 19.05.2022
- CAPÍTULO III. Personas responsables y determinación de las sanciones
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Artículo 105. Responsables.
3 versiones · 19.05.2022
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Artículo 106. Sanciones.
3 versiones · 19.05.2022
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Artículo 107. Gradación de las sanciones.
2 versiones · 16.02.2019
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Artículo 108. Circunstancias agravantes, atenuantes y mixtas.
3 versiones · 19.05.2022
- CAPÍTULO IV. Restablecimiento de la legalidad infringida y de la realidad física alterada
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Artículo 109. Clausura de actividades.
8 versiones · 13.06.2026
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Artículo 110. Procedimiento de clausura de actividades.
8 versiones · 13.06.2026
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Artículo 111. Las medidas cautelares.
2 versiones · 19.05.2022
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Artículo 112. Las medidas provisionalísimas.
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Disposición adicional primera. Actualización de las cuantías de las sanciones económicas.
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Disposición adicional segunda. Incorporación de medios técnicos.
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Disposición adicional tercera. Características del seguro.
2 versiones · 16.02.2019
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Disposición adicional cuarta. Hojas de reclamaciones.
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Disposición adicional quinta. Modelos oficiales de documentos.
2 versiones · 16.02.2019
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Disposición adicional sexta. Molestias y peligrosidad no reglamentadas, actividades singulares y soluciones alternativas.
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Disposición adicional séptima. Registros municipales de actividades permanentes y documentación in situ.
3 versiones · 08.11.2022
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Disposición adicional octava. Actividades con autorización previa de la administración autonómica u otras administraciones.
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Disposición adicional novena. Ley de disciplina urbanística.
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Disposición adicional décima. Actividades supramunicipales.
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Disposición adicional undécima. Actividades en la vía pública complementarias a una actividad permanente.
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Disposición adicional duodécima. Entidades colaboradoras de la administración existentes a la entrada en vigor de la ley.
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Disposición transitoria primera. Normativa técnica a aplicar.
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Disposición transitoria segunda. Expedientes sancionadores en trámite.
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Disposición transitoria tercera. Permisos, autorizaciones y licencias en trámite.
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Disposición transitoria cuarta. Régimen de equivalencia.
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Disposición transitoria quinta. Actividades temporales no convalidables.
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Disposición transitoria sexta. Régimen especial de actividades exentas.
2 versiones · 16.02.2019
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Disposición transitoria séptima. Regularización de las actividades existentes antes de la entrada en vigor de la Ley 16/2006, de 17 de octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears, que no dispongan de licencia de apertura y funcionamiento y que no estén exentas de obtenerla por ley.
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Disposición transitoria octava. Registros autonómicos.
3 versiones · 08.11.2022
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Disposición transitoria novena. Incumplimiento generalizado de una norma sectorial.
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Disposición transitoria décima. Inscripción en el Registro Autonómico de Actividades de las actividades permanentes existentes.
3 versiones · 08.11.2022
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Disposición transitoria undécima. Revisiones técnicas de las actividades existentes.
2 versiones · 08.11.2022
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Disposición transitoria duodécima. Régimen transitorio de las actividades no permanentes de creación o producción audiovisual.
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Disposición derogatoria única.
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Disposición final primera. Despliegue reglamentario.
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Disposición final segunda. Entrada en vigor.
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[firma]. Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que corresponda la hagan guardar.
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- ANEXO I. Clasificación de las actividades y modificaciones
- ANEXO II. Contenido mínimo de la documentación técnica
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[Información relacionada]
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