Acuerdo 303/2024, de 12 de diciembre de 2024

AcuerdoCaso concreto

Visita de consejeros autonómicos a un centro hospitalario reabierto y su difusión institucional en período electoral

Resumen

Declara que el Conseller de Salut y la Consellera d'Igualtat i Feminismes de la Generalitat de Catalunya incurrieron en la infracción del artículo 153.1 de la LOREG, por vulnerar los apartados 2 y 3 de su artículo 50 con la visita al centro de nacimientos del Hospital de Martorell, difundida en «govern.cat» y en la cuenta «salut.cat» de la red social X, e impone a cada uno una multa de 300 euros. No es visita técnica aquella a la que se convoca a los medios y que se refleja en webs o perfiles institucionales; iniciado el procedimiento de oficio, la JEC puede apreciar la vulneración de un apartado no invocado en la denuncia; un solo acto puede ser sancionado sin requerimiento previo; el procedimiento caducado de la Junta Electoral Provincial no vincula a la JEC, que actúa en su sustitución con el límite de 1200 euros del artículo 19.2, aunque fija la cuantía de modo que la caducidad no perjudique a los expedientados; la retirada de la información opera como atenuante y para la reincidencia basta la firmeza en vía administrativa.

Epígrafe
§ 10.3 Inauguraciones y presentaciones de obras, servicios y proyectos
Sesión
2024-12-12
Expediente
360/359

También afecta a: § 10.2 · § 19.2

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