Acuerdo 575/2023, de 5 de octubre de 2023

AcuerdoCriterio general

Declaraciones electoralistas del Presidente del Gobierno en rueda de prensa tras un Consejo Europeo

Resumen

Declara que el Presidente del Gobierno incurrió en la infracción del artículo 153.1 de la LOREG y le impone una multa de 2.200 euros por vulnerar el principio de neutralidad del artículo 50.2, interpretado a la luz de los artículos 23.2 y 103.1 de la Constitución, al reivindicar logros de su Gobierno en materia económica, laboral y de pensiones y descalificar a otras formaciones políticas en la rueda de prensa posterior al Consejo Europeo de 29 y 30 de junio de 2023, convirtiendo por momentos un acto institucional en acto de campaña. Que la rueda de prensa se celebrase en una sala y con medios del Consejo no le exime, pues el precepto alcanza a los actos organizados o financiados «directa o indirectamente» por los poderes públicos y de él dependía el contenido de la intervención; no es necesario apercibimiento previo para sancionar, máxime habiendo sido ya sancionado en 2020; la espontaneidad de las respuestas y la retirada de las declaraciones de las páginas institucionales solo atenúan levemente. El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo (STS 354/2025, de 23 de enero de 2025).

Epígrafe
§ 10.4 Declaraciones y actos de autoridades con contenido electoralista
Sesión
2023-10-05
Expediente
360/324

También afecta a: § 19.2 · § 10.2

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