Expedición de credenciales, renuncias, vacantes y llamada al siguiente de la lista o al suplente.
Acuerdo 387/2021, de 27 de octubre de 2021AcuerdoCaso concretoExpide la credencial de diputada a la candidata que sustituye a un diputado condenado por la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 750/2021 a la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, en ejecución de la solicitud de la Presidenta del Congreso de los Diputados y tras el acuerdo de la Mesa de la Cámara que declara su baja como diputado. Da cuenta además de lo comunicado a la Sala de lo Penal: conforme al artículo 44 del Código Penal, el condenado no podrá concurrir como candidato a procesos electorales durante el tiempo de la pena.
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Acuerdo 76/2016, de 12 de mayo de 2016AcuerdoCriterio generalDisuelta la Cámara por el Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo, conforme al artículo 68.4 de la Constitución se ha extinguido el mandato de los diputados y no procede, en consecuencia, expedir una nueva credencial para sustituciones.
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Acuerdo 435/2015, de 29 de octubre de 2015AcuerdoCriterio generalNo procede expedir nuevas credenciales para sustituir a los diputados cuya renuncia al acta ha aceptado la Presidencia del Congreso con efectos del 25 o 26 de octubre de 2015, porque, conforme al artículo 68.4 de la Constitución, el mandato se ha extinguido con la disolución de la Cámara por el Real Decreto 977/2015, de 26 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.
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Acuerdo 207/2014, de 11 de septiembre de 2014AcuerdoCaso concretoEl escrito del candidato llamado a cubrir la vacante de un Diputado del Partido Socialista Obrero Español por la circunscripción de Madrid, en el que comunica que no tomará posesión del acta, debe entenderse como renuncia anticipada a que se le expida, por lo que procede expedir la credencial a la siguiente candidata de la lista.
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Acuerdo 470/2011, de 16 de junio de 2011AcuerdoCriterio generalEl artículo 166.2 de la LOREG, a diferencia del artículo 21.3 del Real Decreto Ley 20/1977, solo prevé la cobertura de la vacante de un Senador por su suplente designado según el artículo 171, sin que quepan elecciones parciales ni otro mecanismo de sustitución; por tanto, en caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia del suplente, el escaño queda vacante.
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Acuerdo 87/2011, de 7 de abril de 2011AcuerdoCriterio generalConforme al artículo 22.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado pierde su condición por la renuncia formulada ante la Mesa del Congreso, por lo que debe presentar en el Registro de la Cámara un escrito de renuncia, necesariamente firmado por él, en el que figure la fecha a partir de la cual se hace efectiva, que no puede ser anterior a la de presentación.
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Acuerdo 55/2009, de 12 de marzo de 2009AcuerdoCriterio generalEl artículo 166.2 de la LOREG, a diferencia del artículo 21.3 del Real Decreto Ley 20/1977, de 16 de marzo, solo prevé la cobertura de la vacante de un senador por su suplente designado según el artículo 171, sin que quepan elecciones parciales ni otro mecanismo de sustitución; por ello, en caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia del suplente, el escaño queda vacante.
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Acuerdo 101/1998, de 11 de septiembre de 1998AcuerdoTrámiteTrámite: se expide credencial de Diputado a favor del candidato incluido en la lista presentada por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) a las elecciones generales de 3 de marzo de 1996, por la vacante causada por la pérdida de la condición de Diputado de quien ocupaba el escaño.
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Acuerdo 462/1996, de 23 de mayo de 1996AcuerdoTrámiteTrámite: se traslada a la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía que el interesado fue proclamado Senador por la circunscripción de Cádiz por la Junta Electoral de dicha provincia en las elecciones generales de 3 de marzo de 1996, según el acta de proclamación de electos, sin que conste que haya dejado de ostentar tal condición.
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Acuerdo 301/1996, de 11 de abril de 1996AcuerdoCaso concretoAnte la queja por la expedición de una «credencial de diputado» en lugar de «diputada», se responde que la credencial de diputado electo para el Congreso de los Diputados, denominación de la Cámara conforme al artículo 66 de la Constitución, se expidió en el modelo ECG 11.1 establecido por el Real Decreto 421/1991, de 5 de abril, modificado por el Real Decreto 563/1993, de 16 de abril, de contenido análogo al de los demás modelos de credenciales.
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Acuerdo 292/1996, de 25 de marzo de 1996AcuerdoTrámiteTrámite: se traslada que, según el acta de proclamación de electos de la Junta Electoral Provincial de Huelva en las elecciones generales de 3 de marzo de 1996, la persona por la que se pregunta fue proclamada Senador electo por dicha circunscripción.
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Acuerdo 239/1977, de 24 de octubre de 1977AcuerdoTrámiteTrámite: comunicada por el Presidente del Congreso la renuncia de un Diputado, la JEC se dirige a la Junta Electoral Provincial de Jaén para que comunique el nombre de quien le sigue en la candidatura y proceda a su proclamación y a entregarle la credencial.
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