Elegibilidad como concejal de miembros de las Fuerzas de Seguridad en reserva y requisito censal
La situación de reserva no está legalmente asimilada a la de activo, salvo la específica de reserva activa, por lo que, fuera de este supuesto, no genera causa de inelegibilidad o incompatibilidad; la Ley Electoral no exige estar incluido en el censo electoral del municipio por el que se presenta la candidatura a concejal; tampoco establece como causa de inelegibilidad ser pensionista.
También afecta a: § 5.3