Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
Ley 2/2023 · Disposición final primera

Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 13 de marzo de 2023

Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Se añade una nueva letra k) al artículo 2 de la Ley 1/996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, con la siguiente redacción:

Notas del BOE

«k) Las personas que comuniquen infracciones en los términos de la Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., o a las autoridades autonómicas respectivas, siempre que cumplan las condiciones de protección recogidas en la citada Ley, siempre que cuenten con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, inferiores a cuatro veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de comunicar la información, y exclusivamente para los procedimientos seguidos en cualquier orden jurisdiccional que sean consecuencia directa de la infracción comunicada.»

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas, Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2023-4513). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-2-2023-proteccion-del-informante/texto/df/.