Ley sobre secretos oficiales
Ley 9/1968 · Artículo once

Artículo once.

Versión 2 de 2 · Texto vigente · publicada el 11 de octubre de 1978 · en vigor desde el 31 de octubre de 1978

Esta versión procede de Ley 48/1978, de 7 de octubre 10 preceptos afectados en esa reforma · Ver en el BOE
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Artículo once.
Uno. Las personas facultadas para tener acceso a una «materia clasificada» quedarán obligadas a cumplir con las medidas y prevenciones de protección que reglamentariamente se determinen, así como las particulares que para cada caso concreto puedan establecerse.
Dos. Corresponde a las Autoridades señaladas en el párrafo uno del artículo cuarto conceder en sus respectivas dependencias las autorizaciones para acceso a las «materias clasificadas», así como para su desplazamiento fuera de las mismas.
Dos. Corresponde a laslos Autoridadesórganos señaladasseñalados en el párrafo uno del artículo cuarto conceder en sus respectivas dependencias las autorizaciones para el acceso a las «"materias clasificadas»,", así como para su desplazamiento fuera de las mismas.
Tres. A toda persona que tenga acceso a una «materia clasificada» se le hará saber la índole de la misma con las prevenciones oportunas.

Artículo once.

Uno. Las personas facultadas para tener acceso a una «materia clasificada» quedarán obligadas a cumplir con las medidas y prevenciones de protección que reglamentariamente se determinen, así como las particulares que para cada caso concreto puedan establecerse.

Dos. Corresponde a los órganos señalados en el artículo cuarto conceder en sus respectivas dependencias las autorizaciones para el acceso a las "materias clasificadas", así como para su desplazamiento fuera de las mismas.

Tres. A toda persona que tenga acceso a una «materia clasificada» se le hará saber la índole de la misma con las prevenciones oportunas.

Notas del BOE

Se modifica el apartado 2 por el art. único. 4 y 6 de la Ley 48/1978, de 7 de octubre. Ref. BOE-A-1978-25567.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley sobre secretos oficiales, Artículo once. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1968-444). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-9-1968-secretos-oficiales/texto/aonce/.