Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas.
Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas.
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) La Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
b) Los artículos 114 y 249 de la Ley 118/1973, de 12 de enero, texto refundido de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
c) Los artículos 6, 7, 8, 9 y 10 de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.
d) El apartado 3 del artículo 110 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cómo citar
Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, Disposición derogatoria segunda. Derogación de normas. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1998-16718). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-29-1998-jurisdiccion-contencioso-administrativa/texto/ddsegunda/.
