Ley de actividades de las Illes Balears
Ley 7/2013 · Disposición adicional primera

Disposición adicional primera. Actualización de las cuantías de las sanciones económicas.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 28 de febrero de 2014

Disposición adicional primera. Actualización de las cuantías de las sanciones económicas.

La cuantía de las sanciones económicas previstas en la presente ley se incrementará según el IPC y puede ser actualizada anualmente por acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de actividades de las Illes Balears, Disposición adicional primera. Actualización de las cuantías de las sanciones económicas. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2014-655). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-7-2013-actividades-illes-balears/texto/da/.