Disposición adicional undécima. Actividades en la vía pública complementarias a una actividad permanente.
Disposición adicional undécima. Actividades en la vía pública complementarias a una actividad permanente.
Las actividades que se realicen en la pública y sean complementarias de una actividad permanente, se regulan conforme a la normativa que regula la autorización de ocupación de la vía pública teniendo en cuenta las características de la actividad permanente.
Cómo citar
Ley de actividades de las Illes Balears, Disposición adicional undécima. Actividades en la vía pública complementarias a una actividad permanente. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2014-655). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-7-2013-actividades-illes-balears/texto/da-11/.
