Disposición adicional novena.
Disposición adicional novena.
El artículo 34 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto del Ministerio Fiscal, quedará redactado como sigue:
«Las categorías de la Carrera Fiscal serán las siguientes:
1.ª Fiscales de la Sala del Tribunal Supremo, equiparados a Magistrados del Alto Tribunal. El Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tendrá la consideración de Presidente de Sala.
2.ª Fiscales equiparados a Magistrados.
3.ª Abogados fiscales equiparados a Jueces.»
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 264, de 4 de noviembre de 1985. Ref. BOE-A-1985-22752
Cómo citar
Ley Orgánica del Poder Judicial, Disposición adicional novena. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-1985-12666). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/ley-organica-del-poder-judicial/texto/novena/.
