Disposición transitoria séptima. Régimen de las condiciones de los espacios libres públicos existentes y reconocidos por el planeamiento vigente.
Disposición transitoria séptima. Régimen de las condiciones de los espacios libres públicos existentes y reconocidos por el planeamiento vigente.
Todos los espacios libres públicos que se hayan considerado en el cómputo para el cálculo de los estándares mínimos de zonas verdes y espacios libres públicos en los planeamientos vigentes a la entrada en vigor de la presente ley, podrán seguir computando a todos los efectos sin que les sean de aplicación las condiciones impuestas en la presente ley y demás normativa concordante.
Cómo citar
Ley de urbanismo de las Illes Balears, Disposición transitoria séptima. Régimen de las condiciones de los espacios libres públicos existentes y reconocidos por el planeamiento vigente. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-806). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-12-2017-urbanismo-illes-balears/texto/dt-7/.
