Artículo 68. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.
Artículo 68. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.
La responsabilidad derivada de las infracciones se extingue por el pago o cumplimiento de la sanción o por prescripción o por fallecimiento.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley General de Subvenciones, Artículo 68. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-20977). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-de-subvenciones/texto/a68/.