Ley General de Subvenciones
Ley 38/2003 · Disposición adicional vigésima segunda

Disposición adicional vigésima segunda. Régimen foral del País Vasco.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 18 de febrero de 2004

Disposición adicional vigésima segunda. Régimen foral del País Vasco.

En virtud de su régimen foral la aplicación de esta ley a la Comunidad Autónoma del País Vasco se realizará con respeto a lo establecido en su Estatuto de Autonomía y en la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley General de Subvenciones, Disposición adicional vigésima segunda. Régimen foral del País Vasco. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-20977). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-de-subvenciones/texto/davigesimasegunda/.