Disposición adicional decimoquinta. Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales.
Disposición adicional decimoquinta. Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales.
Reglamentariamente se establecerá el régimen simplificado de justificación, comprobación y control de las subvenciones percibidas por organismos y entes del sector público estatal que, de acuerdo con la normativa presupuestaria, se encuentren sujetos a control financiero permanente de la Intervención General de la Administración del Estado, sin que puedan exigirse otras auditorías o controles adicionales.
Cómo citar
Ley General de Subvenciones, Disposición adicional decimoquinta. Justificación de subvenciones por entidades públicas estatales. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-20977). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-de-subvenciones/texto/dadecimoquinta/.