Disposición adicional primera. Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y las comunidades autónomas y entidades locales.
Disposición adicional primera. Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y las comunidades autónomas y entidades locales.
La Intervención General de la Administración del Estado promoverá la celebración de convenios y otros mecanismos de coordinación y colaboración con los equivalentes órganos autonómicos de control y con los de las entidades que integran la Administración local en el ejercicio de las funciones contables y de control.
Cómo citar
Ley General Presupuestaria, Disposición adicional primera. Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y las comunidades autónomas y entidades locales. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2003-21614). Recuperado de Legislación consolidada (Observatorio del Derecho Penal Administrativo), https://www.sorianoipiqueras.com/derechopenaladministrativo/utilidades/legislacion/ley-general-presupuestaria/texto/daprimera/.