Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”.
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Ley 4/2026, de 11 de junio de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Ba…
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Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”.
(Derogada)
Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”.
(Derogada)
Notas del BOE
Se deroga por la disposición derogatoria única.k) de la Ley 4/2026, de 11 de junio. Ref. BOE-A-2026-15579#dd
Se añade por el art. 2.40 de la Ley 3/2022, de 15 de junio. Ref. BOE-A-2022-13846#a2
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
Cómo citar
Ley del Turismo de las Illes Balears, Disposición adicional vigésimo tercera. Definición del concepto “imposibilitado”. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2012-10610). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-8-2012-turismo-illes-balears/texto/da-23/.
