Disposición adicional quinta. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio.
Disposición adicional quinta. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio.
El plazo máximo para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio, en función del año de construcción del edificio será el siguiente:
Año de construcción del edificio | Plazo límite de presentación y registro del informe de evaluación de edificio |
|---|---|
| Anterior a 1901. | 31 de diciembre de 2020. |
| De 1901 a 1950. | 31 de diciembre de 2021. |
| De 1951 a 1971. | 31 de diciembre de 2022. |
| A partir de 1972. | 31 de diciembre del año siguiente al año en que el edificio cumpla 50 años. |
Cómo citar
Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición adicional quinta. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/da-6/.
