Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP)
DL 1/2021 · Disposición derogatoria única

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 17 de julio de 2021

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones legales:

a) La disposición adicional tercera de la Ley 4/1992, de 5 de junio, sobre Suelo No Urbanizable.

b) La Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje.

c) La Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable.

d) La Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana.

e) La Ley 9/2006, de 5 de diciembre, Reguladora de los Campos de Golf de la Comunitat Valenciana.

f) La Ley 1/2012, de 10 de mayo, de medidas urgentes de impulso a la implantación de actuaciones territoriales estratégicas, excepto la disposición final primera.

g) El Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, aprobado por el Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell.

h) El Reglamento de Paisaje de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 120/2006, de 11 de agosto, del Consell.

2. Quedan igualmente derogadas cuantas disposiciones legales o reglamentarias se opongan o contradigan lo dispuesto en el presente texto refundido.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dd-2/.