Disposición transitoria décima. De los viales en suelos urbanos o urbanizables, de uso industrial o terciario.
Disposición transitoria décima. De los viales en suelos urbanos o urbanizables, de uso industrial o terciario.
En los suelos urbanos o urbanizables, de uso industrial o terciario a 20 de agosto de 2014, y para adaptar el tamaño de las parcelas a las necesidades logísticas o industriales actuales, todos los viales tendrán la consideración de ordenación detallada y se podrá modificar por el ayuntamiento correspondiente con informe favorable de las consellerias competentes en materia de industria y urbanismo.
Cómo citar
Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición transitoria décima. De los viales en suelos urbanos o urbanizables, de uso industrial o terciario. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dt-10/.
