Disposición transitoria trigésima. Régimen transitorio de los instrumentos de planeamiento que reclasifiquen suelo no urbanizable aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Disposición transitoria trigésima. Régimen transitorio de los instrumentos de planeamiento que reclasifiquen suelo no urbanizable aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
(Suprimida)
Se suprime por el art. 119.52 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1#a1-31
Téngase en cuenta que esta disposición ya fue suprimida por el Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio.
Se suprime por el art. 113.52 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Ref. DOGV-r-2024-90142
Se añade por el art. 179 de la Ley 7/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-1018
Cómo citar
Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición transitoria trigésima. Régimen transitorio de los instrumentos de planeamiento que reclasifiquen suelo no urbanizable aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dt-29/.
