Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana.
Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana.
A partir del 8 de febrero de 2019 los municipios ya no podrán adjudicar ningún programa de actuación integrada que haya sido tramitado al amparo de la Ley 16/2005, de 26 de noviembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, salvo aquellos que cuenten con aprobación y adjudicación municipal condicionada a la aprobación por la conselleria competente en materia de urbanismo del instrumento de planeamiento que los acompaña, en cuyo caso podrán concluir su tramitación de acuerdo con aquella ley.
Cómo citar
Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dt-14/.
