Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP)
DL 1/2021 · Disposición transitoria decimocuarta

Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 17 de julio de 2021

Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana.

A partir del 8 de febrero de 2019 los municipios ya no podrán adjudicar ningún programa de actuación integrada que haya sido tramitado al amparo de la Ley 16/2005, de 26 de noviembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, salvo aquellos que cuenten con aprobación y adjudicación municipal condicionada a la aprobación por la conselleria competente en materia de urbanismo del instrumento de planeamiento que los acompaña, en cuyo caso podrán concluir su tramitación de acuerdo con aquella ley.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), Disposición transitoria decimocuarta. Programas tramitados con la Ley urbanística valenciana. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (DOGV-r-2021-90283). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/it_it/aplicaciones/radar/trlotup-comunitat-valenciana/texto/dt-14/.