22.2 Toma de posesión y juramento o promesa

Fórmula de juramento o promesa, plazo, toma de posesión tardía o no realizada.

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Acuerdo 15/2010, de 4 de marzo de 2010AcuerdoCaso concreto

Desatención de los requerimientos para la toma de posesión de un concejal

Da traslado del expediente al Ministerio Fiscal para que se depuren las responsabilidades en que se hubiese podido incurrir, dado el tiempo transcurrido desde que la JEC expidió la credencial de concejal para cubrir una vacante por fallecimiento y que el Ayuntamiento ha desatendido los requerimientos de la Junta para incluir su toma de posesión en el orden del día del Pleno.

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Acuerdo 8/2010, de 28 de enero de 2010AcuerdoCaso concreto

Falta de toma de posesión de concejal con credencial expedida

Requiere a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Abertura para que incluya en el orden del día de la próxima sesión plenaria la toma de posesión del concejal a quien la JEC expidió credencial, con la advertencia de que, en caso contrario, se dará traslado del expediente al Ministerio Fiscal para que se depuren las responsabilidades en que se hubiese podido incurrir.

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Acuerdo 68/2009, de 26 de marzo de 2009AcuerdoCriterio general

Falta de presentación de la declaración de bienes y actividades por un concejal

Conforme al artículo 75.5 LRBRL, todos los miembros de las Corporaciones Locales deben formular la declaración de bienes y actividades antes de la toma de posesión, por lo que los concejales electos no pueden tomar posesión ni participar en la elección de Alcalde sin cumplir ese requisito; sin embargo, la falta de presentación de la declaración a efectos de su inscripción en el Registro de Intereses no es causa de pérdida de la condición de concejal ni comporta consecuencia alguna de régimen electoral. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 9/2008, de 17 de enero de 2008AcuerdoCriterio general

Convocatoria del concejal electo al Pleno para prestar juramento o promesa

Según doctrina reiterada, los concejales electos han de ser convocados a las sesiones plenarias para que, si les conviene, presten juramento o promesa y cumplan los demás requisitos para la adquisición plena y efectiva del cargo; procede por ello que en el primer Pleno que celebre la Corporación se convoque al concejal electo que formula la queja, quien tiene hasta el momento mismo del juramento o promesa para presentar su declaración de intereses y bienes conforme al artículo 75.7 de la Ley de Bases de Régimen Local.

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Acuerdo 401/2007, de 25 de octubre de 2007AcuerdoCaso concreto

Órgano ante el que toma posesión un concejal

Conforme al artículo 195 de la LOREG, la toma de posesión de un concejal debe hacerse ante el Pleno de la Corporación, sin perjuicio de los supuestos excepcionales previstos en la Instrucción de la JEC de 10 de julio de 2003, sobre sustitución de cargos representativos locales, de la que se traslada copia.

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Acuerdo 377/2007, de 6 de julio de 2007AcuerdoCriterio general

Falta de declaración de bienes y actividades de un concejal electo

Conforme al artículo 75.5 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, todos los miembros de las Corporaciones Locales deben formular la declaración de bienes y actividades antes de la toma de posesión, por lo que los concejales electos que no la presenten no pueden tomar posesión ni participar en la elección de Alcalde; no obstante, la falta de presentación no es causa de pérdida de la condición de concejal ni comporta consecuencia alguna de régimen electoral. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 37/2007, de 15 de febrero de 2007AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejal sin credencial expedida por la Junta Electoral

No se puede tomar posesión como concejal sin la previa expedición de la credencial por la Junta Electoral competente, dada la naturaleza de las credenciales de los cargos electos que corresponde expedir a las Juntas Electorales, según criterio reiterado; la sustitución de cargos representativos locales debe tramitarse conforme a la Instrucción de la JEC de 10 de julio de 2003.

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Acuerdo 132/2006, de 13 de septiembre de 2006AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de nuevos concejales sin quórum en la Corporación

Según criterio reiterado, cuando el nuevo concejal designado para cubrir una vacante no puede tomar posesión por falta del quórum necesario, puede hacerlo ante el alcalde, dando fe el secretario de la Corporación; estando inhabilitado el alcalde en el caso, la toma de posesión debe efectuarse ante el teniente de alcalde que lo sustituya.

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Acuerdo 61/2006, de 11 de mayo de 2006AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejal sustituto sin previa expedición de credencial

Dada la naturaleza de las credenciales que corresponde expedir a las Juntas Electorales, no se puede tomar posesión como concejal sin la previa expedición de la credencial por la Junta Electoral competente; es criterio reiterado, que se traslada ante la toma de posesión de un sustituto en el mismo pleno en que se tomó conocimiento de la renuncia del titular.

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Acuerdo 39/2006, de 11 de mayo de 2006AcuerdoCriterio general

Declaración de bienes y actividades como requisito previo a la toma de posesión de concejal

Conforme al artículo 75.5 LRBRL, todos los miembros de las Corporaciones Locales deben formular la declaración de bienes y actividades antes de la toma de posesión, por lo que los concejales electos no pueden tomar posesión sin cumplir ese requisito; pero no presentarla no es causa de pérdida de la condición de concejal ni comporta consecuencia alguna de régimen electoral, de acuerdo con la normativa de régimen local. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 17/2006, de 16 de febrero de 2006AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejal sustituto cuando no hay quórum en el Pleno

Cuando no existe el quórum necesario para celebrar sesión, el nuevo concejal puede tomar posesión ante el Alcalde de la Corporación, dando fe del acto el Secretario de la misma. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 13/2006, de 16 de febrero de 2006AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión del concejal y solicitud de credencial para el sustituto

No formalizar la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, pues ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan plazo para ello; el interesado conserva la condición de concejal electo y el Ayuntamiento debe seguir convocándole a las sucesivas sesiones plenarias, sin perjuicio de las actuaciones que correspondan a la entidad política respecto de sus afiliados conforme a su normativa. No procede, por tanto, expedir credencial al sustituto y se devuelve la credencial al Ayuntamiento. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 5/2006, de 16 de febrero de 2006AcuerdoCriterio general

Inexistencia de plazo para la toma de posesión del cargo de concejal

No formalizar la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan plazo para ello; quien no la ha formalizado conserva la condición de concejal electo y el Ayuntamiento debe seguir convocándole a las sucesivas sesiones plenarias para que tome posesión. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 3/2006, de 16 de febrero de 2006AcuerdoCriterio general

Renuncia implícita de concejales por no tomar posesión de sus cargos

La falta de toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan plazo para ella: quien no la ha formalizado conserva la condición de concejal electo y el Ayuntamiento debe seguir convocándolo a las sucesivas sesiones plenarias para que la formalice. La renuncia al cargo ha de formularse por escrito con la firma del concejal y, según la Instrucción de la JEC de 10 de julio de 2003 sobre sustitución de cargos representativos locales, para ser efectiva requiere que el Pleno tome conocimiento de ella.

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Acuerdo 247/2005, de 10 de noviembre de 2005AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión del concejal designado en sustitución de otro

La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para ella; en consecuencia, debe convocarse nuevamente al concejal electo para que tome posesión de su cargo.

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Acuerdo 192/2005, de 13 de junio de 2005AcuerdoCriterio general

Fórmula de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución de los cargos electivos

El artículo 108.8 de la LOREG exige el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución para la toma de posesión de los cargos electivos, pero no impone directamente una fórmula concreta, por lo que, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, debe admitirse como válida toda forma de prestación que no implique fraude de ley ni desnaturalización o vaciamiento de contenido del juramento o promesa.

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Acuerdo 126/2005, de 31 de marzo de 2005AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejales cuando la Corporación carece de quórum

Los nuevos concejales que no pueden tomar posesión por inexistencia de quórum de la Corporación pueden hacerlo ante el Alcalde, dando fe del acto el Secretario; es criterio reiterado.

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Acuerdo 466/2004, de 16 de diciembre de 2004AcuerdoCriterio general

Concejal electo que no comparece a tomar posesión de su cargo

La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, pues ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para ello; quien no la haya formalizado conserva la condición de concejal electo y debe seguir siendo convocado a las sucesivas sesiones plenarias para formalizarla. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 501/2004, de 15 de noviembre de 2004AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejales ante la falta de quórum para celebrar sesión

Cuando no hay quórum para celebrar sesión, los concejales pueden tomar posesión ante el Alcalde de la Corporación, dando fe de dicho acto el Secretario de la misma; es criterio reiterado.

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Acuerdo 32/2004, de 29 de enero de 2004AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión del concejal sustituto con credencial expedida

La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para ella; en consecuencia, no procede sustituir al concejal que ha pedido tiempo para aceptar el cargo y debe seguirse convocándolo a las sesiones plenarias del Ayuntamiento en orden a su toma de posesión.

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Acuerdo 702/2003, de 17 de diciembre de 2003AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejales sin presentar la declaración de bienes y actividades

La declaración de bienes y actividades del artículo 75 de la LRBRL es requisito previo a la toma de posesión del cargo de concejal, por lo que es irregular la producida sin cumplirlo; no obstante, una vez producida así la toma de posesión, los concejales se encuentran en el ejercicio de su derecho como tales, si bien debe requerírseles la presentación de la declaración. Es criterio reiterado, entre otros, en acuerdos de 17 y 30 de junio de 1987, 8 de junio de 1991, 27 de marzo de 1992, 30 de mayo de 1994, 7 de noviembre de 1997 y 12 de septiembre de 2000.

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Acuerdo 571/2003, de 10 de julio de 2003AcuerdoCriterio general

Toma de posesión tardía de concejal y momento de la moción de censura

El concejal que no pudo tomar posesión en la sesión constitutiva de la Corporación puede hacerlo en cualquier Pleno al que se incorpore; la moción de censura puede plantearse en cualquier momento del mandato de la Corporación.

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Acuerdo 529/2003, de 20 de junio de 2003AcuerdoCriterio general

Declaración de bienes, declaración de incompatibilidad y renuncia a ser candidato a Alcalde

Reitera tres criterios: conforme al artículo 75.5 LRBRL, los concejales electos no pueden tomar posesión ni, por tanto, participar en la elección de Alcalde sin formular antes la declaración de bienes y actividades, aunque su falta de presentación a efectos del Registro de Intereses no es causa de pérdida de la condición de concejal ni tiene consecuencias de régimen electoral; conforme al artículo 10 ROF, producida una causa de incompatibilidad corresponde al Pleno declararla, pudiendo el interesado optar en los diez días siguientes a recibirla entre la renuncia a la condición de concejal y el abandono de la situación que la origina; el cabeza de lista que no desee ser candidato a Alcalde debe renunciar expresamente, pasa a ocupar el último lugar de la lista y es candidato el siguiente, y así sucesivamente.

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Acuerdo 524/2003, de 20 de junio de 2003AcuerdoCriterio general

Declaración de bienes y actividades como requisito previo a la toma de posesión del concejal

Conforme al artículo 75.5 LRBRL, todos los miembros de las Corporaciones Locales deben formular antes de la toma de posesión la declaración de bienes y actividades, por lo que los concejales electos no pueden tomar posesión ni participar en la elección de Alcalde sin cumplir ese requisito; no obstante, su falta de presentación a efectos de inscripción en el Registro de Intereses no es causa de pérdida de la condición de concejal ni comporta consecuencia alguna de régimen electoral, de acuerdo con la normativa de régimen local. Es criterio reiterado.

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Acuerdo 757/2003, de 9 de abril de 2003AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejales electos que no declaran actividades y bienes

Los concejales electos no pueden tomar posesión de sus cargos ni participar en sesión alguna de la corporación sin formular la declaración de actividades y bienes: el artículo 108.6 de la LOREG exige a los electos, para adquirir la plena condición de sus cargos, cumplimentar los requisitos previstos en las leyes o reglamentos respectivos, y el artículo 75.5 de la Ley 7/1985 obliga a los miembros de las corporaciones locales a formular dicha declaración antes de la toma de posesión.

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Acuerdo 150/2002, de 16 de diciembre de 2002AcuerdoCriterio general

Concejal que no acude a tomar posesión y eventual constitución de comisión gestora

El Ayuntamiento ha de seguir convocando en forma al concejal para la toma de posesión, pues no hay plazo para ella; es criterio reiterado de la JEC, con el que se responde a la consulta sobre la necesidad de constituir una comisión gestora cuando quedan cuatro de los siete concejales y uno de ellos no acude a tomar posesión.

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Acuerdo 138/2002, de 25 de octubre de 2002AcuerdoCaso concreto

Toma de posesión de concejal tras denegarse la suspensión del acuerdo de la JEC

Denegada por auto del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2002 la suspensión de la ejecución del acuerdo de la JEC de 23 de julio de 2002, el Ayuntamiento de La Bañeza debe dar inmediatamente posesión de su cargo a la concejala a la que se refiere dicho acuerdo; se remite además al Juzgado de Instrucción que conoce de unas diligencias previas testimonio de las resoluciones de la Junta y del citado auto.

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Acuerdo 124/2002, de 25 de octubre de 2002AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión del concejal sustituto que no puede ser localizado

La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan un plazo para ella; debe convocarse de nuevo al concejal electo, incluso, si fuera necesario, mediante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que proceda expedir credencial al siguiente de la lista.

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Acuerdo 110/2001, de 15 de octubre de 2001AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión del concejal electo y conservación de su condición

No formalizar la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local fijan un plazo para ello; quien no la ha formalizado conserva la condición de concejal electo y debe seguir siendo convocado a las sucesivas sesiones plenarias para que pueda tomar posesión. Es criterio reiterado de la JEC.

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Acuerdo 18/2001, de 12 de febrero de 2001AcuerdoCaso concreto

Falta de convocatoria de concejales electos para la toma de posesión

El Alcalde de Prádena del Rincón debe comunicar a los interesados que tienen a su disposición en el Ayuntamiento las credenciales que los acreditan como concejales electos, expedidas previo sorteo realizado por la JEC, y que deben personarse en él para realizar los trámites necesarios para la toma de posesión.

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Acuerdo 465/2000, de 29 de noviembre de 2000AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejal ante el Secretario por imposibilidad de celebrar Pleno

Ante el supuesto excepcional de imposibilidad de celebrar sesión plenaria por falta de quórum, los concejales sustitutos pueden tomar posesión ante el Secretario de la Corporación, que ha de dar fe del acto y del cumplimiento de los requisitos fijados para la adquisición del cargo, debiendo ratificarse en la primera sesión plenaria que se celebre; es criterio reiterado. El trámite ante el Pleno consistirá en dar cuenta de dicha toma de posesión y de haberse prestado el correspondiente juramento o promesa.

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Acuerdo 454/2000, de 25 de octubre de 2000AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejal sustituto ante el Secretario por falta de quórum del Pleno

Ante el supuesto excepcional de que la sesión plenaria no pueda celebrarse por falta de quórum, se reitera el acuerdo de 12 de marzo de 1993: los concejales sustitutos pueden tomar posesión ante el Secretario de la Corporación, que ha de dar fe del acto y del cumplimiento de los requisitos fijados para la adquisición del cargo, debiendo ratificarse esa toma de posesión en la primera sesión plenaria que se celebre.

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Acuerdo 435/2000, de 21 de septiembre de 2000AcuerdoCriterio general

Falta de presentación de la declaración de bienes y actividades por concejales electos

Los concejales electos no pueden tomar posesión ni, por tanto, participar en las sesiones de la Corporación sin formular la declaración de bienes y actividades, pues el artículo 108.6 de la LOREG exige cumplimentar los demás requisitos previstos en las Leyes o Reglamentos para adquirir la plena condición del cargo y el artículo 75.5 de la Ley de Bases de Régimen Local obliga a presentarla antes de la toma de posesión; no obstante, su falta de presentación no es causa de pérdida de la condición de concejal ni comporta consecuencia alguna de régimen electoral.

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Acuerdo 356/2000, de 16 de marzo de 2000AcuerdoCriterio general

Toma de posesión de concejales cuando falta quórum en la sesión

Los concejales que no pueden tomar posesión de su cargo por inexistencia de quórum en la sesión pueden hacerlo ante el Alcalde de la Corporación, dando fe del acto el Secretario de la misma.

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Acuerdo 310/2000, de 7 de marzo de 2000AcuerdoCriterio general

Efectos de la credencial de concejal sustituto antes de la toma de posesión

La toma de posesión de la concejal que sustituye al renunciante es indiferente para el reconocimiento de su condición, pues la credencial atribuye a su destinatario, desde el momento mismo de su expedición, todos los derechos que la condición de concejal electo lleva consigo conforme a la legislación electoral y a la de régimen local; una vez expedida, su titular tiene derecho a tomar posesión en el primer Pleno que se celebre.

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Acuerdo 302/2000, de 7 de marzo de 2000AcuerdoCriterio general

Falta de toma de posesión de un concejal electo al que no se logra notificar

La no formalización de la toma de posesión no es causa de pérdida de la condición de concejal, porque ni la legislación electoral ni la de régimen local establecen un plazo para ella; debe convocarse nuevamente al concejal electo para que tome posesión, incluso, si fuera necesario, publicando edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Acuerdo 657/1999, de 13 de septiembre de 1999AcuerdoCriterio general

Falta de declaración de bienes y actividades y adquisición de la condición de concejal

Los concejales electos que no han cumplimentado, o no lo han hecho correctamente, su declaración de intereses no perfeccionan la condición de concejal ni participan en las sesiones de la corporación: el artículo 108.6 de la LOREG exige, para adquirir la plena condición del cargo, además de jurar o prometer la Constitución, cumplir los demás requisitos previstos en las leyes o reglamentos, y el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, obliga a formular la declaración de bienes y actividades antes de la toma de posesión.

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Acuerdo 606/1999, de 15 de julio de 1999AcuerdoCriterio general

Presentación y conservación de las credenciales de los concejales electos

La credencial expedida por la Junta Electoral de Zona al concejal electo debe ser presentada por este para la toma de posesión del cargo y, una vez realizada, ha de conservarla el Ayuntamiento correspondiente.

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Acuerdo 597/1999, de 15 de julio de 1999AcuerdoCaso concreto

Inasistencia de un grupo municipal al pleno constitutivo de la corporación

Ante la comunicación de un grupo municipal de que no asistirá al pleno constitutivo de la corporación, recuerda que el artículo 108.6 de la LOREG exige a los candidatos electos, para adquirir la plena condición de sus cargos, tomar posesión y cumplimentar los demás requisitos exigidos en las leyes y reglamentos.

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Acuerdo 574/1999, de 29 de junio de 1999AcuerdoCriterio general

Declaración de intereses como requisito para tomar posesión del cargo de concejal

Con arreglo al artículo 108.8 de la LOREG, para tomar posesión y adquirir la plena condición de sus cargos los concejales, además de jurar o prometer acatamiento a la Constitución, deben cumplimentar los demás requisitos previstos en las leyes o reglamentos correspondientes, entre ellos la declaración de intereses.

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