24.8 Comisiones y vocales gestores en entidades locales menores

Falta de candidaturas o vacante en entidades locales menores: designación de alcalde pedáneo o vocales gestores y formación política a la que corresponde proponerlos.

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Acuerdo 479/2004, de 19 de enero de 2005AcuerdoCriterio general

Resultados electorales aplicables a la comisión gestora de una entidad local menor

Los resultados que deben tenerse en cuenta para la comisión gestora de una entidad local menor son los correspondientes a la propia entidad de ámbito territorial inferior al municipio y no los del municipio del que forma parte, conforme al artículo 1.2 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio; se reitera así la resolución de la JEC de 9 de diciembre de 2004.

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Acuerdo 471/2004, de 16 de diciembre de 2004AcuerdoCaso concreto

Número de miembros y composición de la comisión gestora de una entidad local menor nueva

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la Comisión Gestora de la nueva Entidad Local Menor de Azabal debe estar integrada por tres miembros, que designará la Diputación Provincial de Cáceres: dos vocales por Extremadura Unida y uno por el Partido Socialista Obrero Español, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 25 de mayo de 2003 en las mesas correspondientes a dicha entidad; se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Cáceres esos resultados.

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Acuerdo 502/2004, de 15 de noviembre de 2004AcuerdoCaso concreto

Designación de la comisión gestora de una entidad local menor de Castilla y León

En la designación de la comisión gestora de la Entidad Local Menor ha de aplicarse el artículo 57.2 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, con preferencia a lo dispuesto en la LOREG.

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Acuerdo 455/2004, de 15 de noviembre de 2004AcuerdoCriterio general

Designación de órgano gestor unipersonal en entidad local menor y competencia de la Diputación

La previsión del artículo 182 de la LOREG de designación de concejales a propuesta de las entidades políticas no es aplicable a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal; procede designar un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Presidente de la Junta Vecinal de la Entidad Local Menor, designación que corresponde a la Diputación Provincial de Burgos o al órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma si las competencias han sido transferidas.

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Acuerdo 451/2004, de 15 de noviembre de 2004AcuerdoTrámite

Resultados electorales para designar la comisión gestora de una entidad local menor nueva

Trámite: se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Lleida los resultados de las últimas elecciones locales en las Mesas correspondientes al ámbito de la nueva Entidad Local Menor de Seana y se trasladan a la Generalidad de Cataluña los datos solicitados para la designación de su Comisión Gestora.

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Acuerdo 423/2004, de 4 de octubre de 2004AcuerdoCriterio general

Designación de vocales gestores de junta vecinal en Castilla y León

Conforme al artículo 59.1 de la Ley de Régimen Local de Castilla y León y al criterio reiterado de la JEC, corresponde al alcalde pedáneo gestor nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en el cargo el vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente suyo que deba ser nombrado vocal gestor por la Diputación.

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Acuerdo 297/2004, de 12 de mayo de 2004AcuerdoCriterio general

Vacante de Alcalde Pedáneo por renuncia sin suplente en Castilla y León

Conforme a la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de Alcalde Pedáneo por renuncia del titular y sin suplente, la Diputación Provincial debe designar al Alcalde Pedáneo Gestor, al que corresponde nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en el cargo el Vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente suyo que deba ser nombrado Vocal Gestor por la Diputación.

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Acuerdo 21/2004, de 29 de enero de 2004AcuerdoCaso concreto

Vacante de alcalde pedáneo por falta de electos y de candidaturas en elecciones parciales

Conforme al Real Decreto 608/1998, de 10 de junio, en relación con el artículo 182 de la LOREG, la Diputación Provincial de Guadalajara ha de designar un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de alcalde pedáneo, al no haber resultado elegido ningún candidato ni haberse presentado candidaturas en las elecciones parciales.

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Acuerdo 716/2003, de 17 de diciembre de 2003AcuerdoCaso concreto

Comisiones gestoras de entidades locales menores que comparten una sola sección electoral

La Diputación Provincial de Segovia debe atenerse, para designar a los miembros de las comisiones gestoras —o al órgano unipersonal gestor— de las cuatro nuevas entidades locales menores, a los resultados de las elecciones locales de 25 de mayo de 2003 en la sección electoral de Santa María la Real de Nieva que comparten: 210 votos del Partido Popular y 106 del Partido Socialista Obrero Español.

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Acuerdo 715/2003, de 17 de diciembre de 2003AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una nueva entidad local menor segregada

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la comisión gestora de la nueva entidad local menor de Garcíez debe integrarse por tres miembros, que designará la Diputación Provincial de Jaén: dos vocales por el Partido Socialista Obrero Español y uno por el Partido Popular, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 25 de mayo de 2003 en las mesas correspondientes a la entidad. Se recaban además datos de resultados, población y electores de su ámbito.

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Acuerdo 657/2003, de 29 de octubre de 2003AcuerdoCaso concreto

Comisión gestora en entidad local menor cuya única candidatura no obtuvo votos

Manifiesta su parecer favorable a la solución propuesta por la Junta Electoral Provincial de Burgos para una entidad local menor en la que la única candidatura presentada no obtuvo ningún voto: designar Presidente de la Comisión Gestora, por analogía con el artículo 182.3 de la LOREG, a la persona que presentó esa única candidatura.

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Acuerdo 592/2003, de 24 de julio de 2003AcuerdoTrámite

Resultados electorales para designar la comisión gestora de una entidad local menor nueva

Trámite: se solicita a la Junta Electoral Provincial de Lleida que traslade los resultados de las elecciones locales de 25 de mayo de 2003 en las Mesas correspondientes al ámbito de la nueva Entidad Local Menor de Rocallaura, a efectos de la designación de su comisión gestora por no haberse presentado candidaturas.

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Acuerdo 224/2003, de 19 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Cobertura de la vacante de alcalde pedáneo por renuncia del titular y de su suplente

Conforme a la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de alcalde pedáneo por renuncia del titular y renuncia anticipada del suplente, la Diputación Provincial de León debe designar un alcalde pedáneo gestor, al que corresponde nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en su cargo el vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente suyo que deba ser nombrado vocal gestor por la Diputación.

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Acuerdo 170/2002, de 30 de enero de 2003AcuerdoTrámite

Resultados electorales para designar la comisión gestora de una nueva entidad local menor

Trámite: se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Cuenca los resultados de las elecciones locales de 1999 en las Mesas correspondientes al ámbito de la nueva entidad local menor de Valería, dependiente del Ayuntamiento de Las Valeras, con vistas a la designación de su Comisión Gestora.

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Acuerdo 98/2002, de 25 de octubre de 2002AcuerdoCaso concreto

Vacante de alcalde pedáneo sin otros candidatos en municipio de concejo abierto

Por aplicación analógica del párrafo final del artículo 182 de la LOREG, ha de designarse un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde, designación que corresponde a la Diputación Provincial teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones municipales; se responde así a la consulta sobre la vacante cuando no se presentó ningún otro candidato.

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Acuerdo 56/2002, de 24 de abril de 2002AcuerdoTrámite

Datos para determinar la comisión gestora de una nueva entidad local menor

Trámite: para determinar la composición de la Comisión Gestora de la nueva entidad local menor de Ventas de Zafarraya, se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Granada los resultados de las elecciones locales de 1999 en las Mesas de su ámbito, y al Instituto Nacional de Estadística y a la Oficina del Censo Electoral la población de derecho y el número de electores.

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Acuerdo 150/2001, de 27 de febrero de 2002AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una nueva entidad local menor

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la Comisión Gestora de la nueva Entidad Local Menor de Mures debe estar integrada por cinco miembros, que ha de designar la Diputación Provincial de Jaén: dos vocales por el Partido Socialista Obrero Español, dos por Izquierda Unida y uno por el Partido Popular, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 13 de junio de 1999 en las mesas correspondientes a dicha entidad.

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Acuerdo 17/2002, de 23 de enero de 2002AcuerdoTrámite

Datos para determinar la comisión gestora de una nueva entidad local autónoma

Trámite: se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Jaén los resultados de las elecciones locales de 1999 en las Mesas del ámbito de la nueva Entidad Local Autónoma de Mures, al Instituto Nacional de Estadística la certificación de su población de derecho y a la Oficina del Censo Electoral el número de electores.

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Acuerdo 16/2002, de 23 de enero de 2002AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una nueva entidad local autónoma

De conformidad con el Real Decreto 608/1998, de 10 de junio, la comisión gestora de la nueva Entidad Local Autónoma de Castil de Campos ha de estar integrada por cinco vocales gestores, que, en función de los resultados de las últimas elecciones municipales en las Mesas de su ámbito, corresponden al Partido Socialista Obrero Español de Andalucía.

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Acuerdo 126/2001, de 31 de octubre de 2001AcuerdoTrámite

Datos para determinar la comisión gestora de una nueva entidad local autónoma

Trámite: se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Córdoba los resultados de las elecciones locales de 1999 en las Mesas del ámbito de la nueva entidad local Castil de Campos, al Instituto Nacional de Estadística la certificación de su población de derecho y a la Oficina del Censo Electoral el número de electores.

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Acuerdo 79/2001, de 8 de junio de 2001AcuerdoCriterio general

Vacante de alcalde pedáneo por renuncia del titular y del suplente en Castilla y León

Conforme a la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de alcalde pedáneo por renuncia del titular y del suplente, la Diputación Provincial debe designar al alcalde pedáneo gestor, al que corresponde nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en el cargo el vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente suyo que deba ser nombrado vocal gestor por la Diputación.

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Acuerdo 50/2001, de 20 de abril de 2001AcuerdoCriterio general

Vacante de alcalde pedáneo sin suplente en Castilla y León

Conforme a la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de alcalde pedáneo sin suplente que pueda ocuparlo, la Diputación Provincial debe designar un alcalde pedáneo gestor, al que corresponde nombrar a todos los vocales gestores, salvo que continúe en el cargo el vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente del mismo que deba ser nombrado vocal gestor por la Diputación.

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Acuerdo 12/2001, de 12 de febrero de 2001AcuerdoCriterio general

Designación de alcalde pedáneo gestor y vocales gestores en Castilla y León

Conforme a la Ley de Régimen Local de Castilla y León, vacante el cargo de Alcalde Pedáneo sin suplente que pueda ocuparlo, la Diputación debe designar en todo caso un Alcalde Pedáneo Gestor, al que corresponde nombrar a todos los Vocales Gestores, salvo que continúe en el cargo el Vocal designado en su momento por la Junta Electoral de Zona como candidato segundo en número de votos o, si este ha fallecido o renunciado, exista suplente suyo, que deberá ser nombrado Vocal Gestor por la Diputación.

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Acuerdo 462/2000, de 29 de noviembre de 2000AcuerdoCriterio general

Renuncia del alcalde pedáneo, de su suplente y de los vocales de la junta vecinal

Producida la renuncia tanto del Alcalde Pedáneo como de su suplente y de los Vocales de la Junta Vecinal, corresponde a la Diputación Provincial designar al Alcalde Pedáneo Gestor y a los Vocales que integren la Comisión Gestora, teniendo en consideración los resultados obtenidos en las anteriores elecciones.

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Acuerdo 459/2000, de 25 de octubre de 2000AcuerdoTrámite

Número de miembros de la comisión gestora de una nueva entidad local menor

Trámite: para determinar el número de miembros de la Comisión Gestora de la entidad municipal descentralizada de Sorpe, se solicitan a la Junta Electoral Provincial de Lleida los resultados de las elecciones locales de 1999 en las Mesas de su ámbito, al Instituto Nacional de Estadística la certificación de la población de derecho y a la Oficina del Censo Electoral el número de electores.

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Acuerdo 449/2000, de 25 de octubre de 2000AcuerdoCriterio general

Cobertura de la vacante de alcalde pedáneo mediante órgano gestor unipersonal

Por aplicación analógica del párrafo final del artículo 182 de la LOREG, para cubrir la vacante de Alcalde Pedáneo ha de designarse un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde, designación que corresponde a la Diputación Provincial teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones municipales.

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Acuerdo 31/2000, de 20 de enero de 2000AcuerdoCaso concreto

Designación de vocales gestores en entidades de ámbito inferior al municipio

Corresponde a la Diputación Provincial designar a las personas que hayan de asumir la gestión de las EATIM de Naharros y Tordelloso, teniendo en cuenta los resultados de las recientes elecciones municipales y entre personas de adecuada idoneidad y arraigo, según reitera del acuerdo de 19 de octubre de 1999; no cabe aplicar el artículo 63 de la Ley de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, previsto para el caso diferente de renuncia del Alcalde electo y no del vocal gestor designado.

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Acuerdo 708/1999, de 19 de octubre de 1999AcuerdoCriterio general

Órgano gestor en entidades locales menores que funcionan en concejo abierto

En las entidades locales menores que funcionan en régimen de concejo abierto, por aplicación analógica del párrafo tercero del artículo 182, debe designarse un órgano unipersonal que asuma con carácter gestor las funciones de Alcalde; la designación corresponde a la Diputación Provincial o al órgano competente de la Comunidad Autónoma, entre personas de adecuada idoneidad o arraigo y teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones municipales.

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Acuerdo 689/1999, de 30 de septiembre de 1999AcuerdoCriterio general

Vacante de Alcalde Pedáneo por ausencia de candidatos

Ante la ausencia de candidatos para cubrir el cargo de Alcalde Pedáneo ha de procederse conforme al último párrafo del artículo 182 de la LOREG: la Diputación Provincial debe nombrar a una persona que, por su adecuada idoneidad o arraigo, actúe como órgano gestor y desempeñe las funciones de Alcalde Pedáneo.

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Acuerdo 427/1999, de 7 de junio de 1999AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una nueva entidad local menor

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la Comisión Gestora de la nueva Entidad Local Menor de San Martín del Tesorillo debe estar integrada por tres miembros, que designa la Diputación Provincial de Cádiz por el procedimiento de esa norma: dos vocales por el Partido Socialista Obrero Español y uno por Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995 en las mesas correspondientes a dicha entidad.

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Acuerdo 134/1998, de 8 de octubre de 1998AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una entidad local menor

La comisión gestora de la entidad local menor de Cuevas de Cañar, integrada en el municipio de Castellote, ha de tener tres miembros conforme al Real Decreto 608/1998, de 10 de junio, que designará la Diputación Provincial de Teruel por el procedimiento que este establece: dos vocales por el Partido Socialista Obrero Español y uno por el Partido Popular, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 1995 en la única Mesa electoral del municipio matriz.

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Acuerdo 104/1998, de 8 de octubre de 1998AcuerdoCriterio general

Vacante de Alcalde Pedáneo sin más candidatos en la única candidatura presentada

No existiendo otros candidatos, la vacante en el cargo de Alcalde Pedáneo se cubre mediante la designación por la Diputación Provincial de un órgano unipersonal gestor, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 608/1988.

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Acuerdo 79/1998, de 28 de mayo de 1998AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una entidad local menor de nueva creación

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la Diputación Provincial de Huesca ha de designar, según el procedimiento en él establecido, tres vocales para la entidad local menor de Fañanás, dos por el Partido Aragonés y uno por el Partido Popular, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995 en la única Mesa electoral del municipio matriz de Alcalá del Obispo.

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Acuerdo 171/1998, de 15 de abril de 1998AcuerdoTrámite

Número de miembros de la comisión gestora de una entidad local menor de nueva creación

Trámite: se solicita a la Junta Electoral Provincial de Huesca copia del acta de escrutinio de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995 de las Mesas del ámbito de la entidad local menor de Fañanás, y al Instituto Nacional de Estadística y a la Oficina del Censo Electoral certificación de su población de derecho y de su número de electores.

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Acuerdo 36/1998, de 15 de abril de 1998AcuerdoCriterio general

Cobertura de vacante de alcalde pedáneo sin más candidatos en la candidatura

La vacante en el cargo de Alcalde Pedáneo, cuando no hay otros candidatos, se cubre mediante la designación de un órgano unipersonal gestor, conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, por el que se regula la constitución de comisiones gestoras en entidades de ámbito territorial inferior al municipio.

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Acuerdo 145/1997, de 24 de octubre de 1997AcuerdoCaso concreto

Vocales de la comisión gestora de una entidad local menor de nueva creación

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, que regula la constitución de comisiones gestoras en entidades de ámbito territorial inferior al municipio, la Diputación Provincial de Badajoz ha de designar para la entidad local menor de Guadajira tres vocales, dos por el Partido Popular y uno por el Partido Socialista Obrero Español, de acuerdo con los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995 en la correspondiente mesa electoral del municipio de Lobón.

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Acuerdo 56/1997, de 13 de marzo de 1997AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una entidad local menor de nueva creación

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la comisión gestora de la entidad local menor de Pueblonuevo de Miramontes (Talayuela) debe estar integrada por tres miembros, y la Diputación Provincial de Cáceres ha de designar dos vocales por el Partido Socialista Obrero Español y uno por la Candidatura Independiente de Pueblonuevo, de conformidad con los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995.

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Acuerdo 54/1997, de 13 de marzo de 1997AcuerdoTrámite

Datos previos para fijar la composición de la comisión gestora de una entidad local menor

Trámite: para determinar la composición de la comisión gestora de la entidad local menor de Fuencalderas, se solicita a la Junta Electoral Provincial de Zaragoza copia del acta de escrutinio de las elecciones locales en las Mesas de su ámbito, y certificaciones del Instituto Nacional de Estadística sobre la población de derecho y de la Oficina del Censo Electoral sobre el número de electores.

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Acuerdo 53/1997, de 13 de marzo de 1997AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una entidad local menor de nueva creación

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la comisión gestora de la entidad local menor de Poblado de Alagón (Galisteo) debe estar integrada por tres miembros, y la Diputación Provincial de Cáceres ha de designar un vocal por cada una de las entidades políticas Izquierda Unida (IU), CREX y Partido Socialista Obrero Español (PSOE), de conformidad con los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995.

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Acuerdo 29/1997, de 29 de enero de 1997AcuerdoCaso concreto

Composición de la comisión gestora de una parroquia rural de nueva creación

Conforme al Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, la comisión gestora de la Parroquia Rural de Fresnedo (Teverga) ha de estar integrada por tres miembros, uno por cada una de las formaciones PSOE, IU y PP, teniendo en cuenta los resultados de las elecciones locales de 28 de mayo de 1995.

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