11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión

Comisión de Radio y Televisión, propuesta de distribución, orden y franjas de emisión, medios obligados, entrega de materiales, delegación en las Juntas Provinciales (art. 65.5).

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Acuerdo 345/2004, de 1 de junio de 2004AcuerdoCaso concreto

Franjas de emisión de los espacios gratuitos y plan de cobertura de RTVE

Estima parcialmente el recurso de Familia y Vida: RTVE debe asignar los espacios de diez minutos a que tiene derecho la recurrente en las franjas horarias acordadas por la JEC a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión y en momentos que conjuguen las necesidades técnicas de los medios con las preferencias de la entidad. Lo desestima en lo demás, pues no advierte en el Plan de Cobertura Informativa de RTVE violación de los principios del artículo 66 de la LOREG respecto de la recurrente, dado el carácter informativo y no de propaganda electoral de las actividades que contempla.

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Acuerdo 342/2004, de 1 de junio de 2004AcuerdoCriterio general

Sujeción de las Juntas a las franjas horarias ofrecidas por los medios públicos

Las Juntas Electorales que ejerzan funciones delegadas en la distribución de los espacios gratuitos deben sujetarse a las franjas horarias ofrecidas por los medios de comunicación de titularidad pública, siempre que en ellas quepa la totalidad de los espacios a que tengan derecho las entidades políticas concurrentes; se declara así en el recurso de RTVE contra un acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, sin perjuicio de conservar el acto recurrido para este proceso.

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Acuerdo 316/2004, de 24 de mayo de 2004AcuerdoTrámite

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos para las elecciones al Parlamento Europeo de 2004

Trámite: se acuerda la distribución de espacios gratuitos en los términos propuestos por la Comisión de Radio y Televisión y su anuncio en el BOE para que las entidades políticas afectadas puedan examinarla y recurrirla en el plazo de un día, y se habilita al Presidente para asignar espacios a las que recurran en plazo dentro de las franjas ofrecidas por Radio Nacional de España y Televisión Española.

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Acuerdo 247/2004, de 14 de marzo de 2004AcuerdoTrámite

Renuncia a la emisión de espacios gratuitos tras un atentado terrorista

Trámite: se traslada al Ente Público RTVE la solicitud de diversas entidades políticas de que no se emitan sus espacios gratuitos de campaña en los medios de titularidad pública, al haber decidido no realizar campaña electoral con motivo del atentado terrorista de Madrid.

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Acuerdo 184/2004, de 8 de marzo de 2004AcuerdoTrámite

Modificación horaria de la emisión para América de los espacios gratuitos

Trámite: aprueba, por considerarla justificada, la modificación horaria propuesta por el Ente Público Radiotelevisión Española para la emisión para América de los bloques de espacios electorales gratuitos en la jornada de cierre de la campaña.

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Acuerdo 180/2004, de 1 de marzo de 2004AcuerdoCaso concreto

Plazo de impugnación del acuerdo de distribución de espacios gratuitos de ámbito nacional

Responde a la solicitud de espacios gratuitos del Partido Obrero Socialista Internacionalista que la distribución en RNE y TVE se acordó por la JEC el 23 de febrero y se anunció en el BOE del 24, por lo que el plazo de impugnación concluyó a las 24 horas del día 25, conforme a la Instrucción de la JEC de 13 de septiembre de 1999, dictada en desarrollo del artículo 66 de la LOREG.

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Acuerdo 168/2004, de 1 de marzo de 2004AcuerdoCaso concreto

Horario de emisión de los espacios gratuitos provinciales en Televisión Española

Declara, ante el recurso del Ente Público RTVE, que los espacios gratuitos distribuidos por la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife en Televisión Española han de emitirse en la banda de las 16 horas (hora peninsular) y, en todo caso, una vez terminada la emisión de los espacios gratuitos de difusión en todo el territorio nacional.

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Acuerdo 167/2004, de 1 de marzo de 2004AcuerdoCriterio general

Asignación de espacios gratuitos dentro de las franjas horarias ofrecidas por los medios públicos

Las Juntas Electorales deben, en principio, asignar los espacios gratuitos dentro de las franjas horarias ofrecidas por los medios de comunicación de titularidad pública, salvo que sean insuficientes para dar cabida a los espacios de las entidades con derecho a ellos o manifiestamente inadecuadas por la notoria escasez de audiencia. Estima parcialmente el recurso del Ente Público RTVE y revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Las Palmas, que deberá hacer una nueva asignación respetando, en esos términos, la programación nacional del medio.

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Acuerdo 159/2004, de 1 de marzo de 2004AcuerdoCriterio general

Asignación de espacios gratuitos dentro de las franjas horarias ofrecidas por los medios públicos

Estima parcialmente el recurso del Ente Público RTVE: las Juntas Electorales deben, en principio, asignar los espacios gratuitos dentro de las franjas horarias ofrecidas por los medios de titularidad pública, salvo que sean insuficientes para dar cabida a los espacios de las entidades con derecho a ellos o manifiestamente inadecuadas por la notoria escasez de audiencia; revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que deberá realizar una nueva asignación de modo que ninguno de los espacios coincida con los espacios gratuitos de difusión nacional, con las entrevistas programadas por Televisión Española para todo el territorio nacional ni con las retransmisiones deportivas previstas para los días 9 y 10 de marzo.

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Acuerdo 133/2004, de 23 de febrero de 2004AcuerdoTrámite

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos en las elecciones generales de 2004

Trámite: se aprueba la distribución de espacios gratuitos en los medios de titularidad pública conforme a la propuesta de la Comisión de Radio y Televisión, se anuncia en el BOE con plazo de un día para examinar el acuerdo y recurrir, y se habilita al Presidente para asignar espacios a las entidades que recurran en tiempo y forma dentro de las franjas ofrecidas por Radio Nacional de España y Televisión Española. El Tribunal Supremo inadmitió el recurso contencioso-administrativo del Partido Socialista Obrero Español (STS 423/2005, de 31 de enero).

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Acuerdo 108/2004, de 16 de febrero de 2004AcuerdoTrámite

Designación de la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones a Cortes Generales de 2004

Trámite: a la vista de las designaciones válidamente realizadas por las entidades políticas, se designa la Comisión de Radio y Televisión a la que, conforme al artículo 65 de la LOREG, corresponde efectuar bajo la dirección de la JEC la propuesta de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal en los medios de titularidad pública, se nombra previo sorteo a su Presidente y se fija la fecha de su constitución.

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Acuerdo 67/2004, de 10 de febrero de 2004AcuerdoTrámite

Delegación en Junta Provincial de la supervisión de la radiotelevisión pública gallega

Trámite: se comunica a la Compañía de Radiotelevisión de Galicia, que consultaba sobre la delegación de competencias en la Junta Electoral Provincial de A Coruña, que la JEC adoptará en su momento, en su caso, la delegación que proceda.

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Acuerdo 66/2004, de 10 de febrero de 2004AcuerdoTrámite

Delegación en la Junta Electoral de Andalucía de la distribución de espacios gratuitos

Trámite: se comunica a la Junta Electoral de Andalucía, que consideraba delegada la competencia para distribuir los espacios gratuitos en los medios públicos de Andalucía ante la coincidencia de elecciones, que la JEC adoptará en su momento, en su caso, la delegación que proceda.

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Acuerdo 677/2003, de 10 de noviembre de 2003AcuerdoCriterio general

Emisión de espacios gratuitos en desconexión territorial en elecciones solo autonómicas

En el supuesto del artículo 65.6 de la LOREG, de elecciones solamente a la Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, la limitación de las funciones de la Junta Electoral de la Comunidad o, en su defecto, de la Provincial al ámbito territorial de aquella significa que los espacios gratuitos deben emitirse precisamente en las programaciones especiales en desconexión para la Comunidad de los medios de ámbito nacional, siempre que la duración de esos programas durante la campaña permita emitir los minutos que, conforme al artículo 64, correspondan al conjunto de las candidaturas. No obstante, dado el momento del proceso y por haberse emitido ya espacios, se mantiene la distribución y parrilla acordadas por la Junta Electoral Provincial de Barcelona, recurridas por el Ente Público RTVE.

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Acuerdo 201/2003, de 13 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Condiciones horarias de emisión de los espacios gratuitos en televisión pública en las elecciones de 2003

Estima el recurso de Convergencia i Unió contra el acuerdo de la JEC de 7 de mayo de 2003 de distribución de espacios gratuitos: el artículo 64.3 de la LOREG exige que la emisión de los espacios a que se refiere se haga en condiciones horarias similares a las acordadas para las demás entidades políticas, que aquí consisten en la distribución entre los dos telediarios de la primera de TVE. Le reconoce, de sus 15 minutos, hasta cinco espacios de minuto y medio tras el telediario segunda edición, después de los atribuidos a las entidades de los apartados 1 y 2 del artículo 64, a cambio de los inicialmente asignados a los que renuncie. Reconoce el mismo derecho, hasta siete minutos y medio, a la coalición EAJ-PVN/EA, cuyo escrito de adhesión, aun sin forma de recurso, se presentó dentro del plazo legal de impugnación.

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Acuerdo 180/2003, de 13 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Normativa y competencia para distribuir espacios gratuitos en emisoras locales

La distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en emisoras locales se rige por los artículos 60 a 67 de la LOREG y por la Instrucción de 25 de abril de 2003, que delega en las Juntas Electorales Provinciales la competencia para distribuirlos en los medios de titularidad pública y ámbito municipal; el acuerdo de distribución se impugna ante la Junta Electoral Provincial que haya repartido los espacios en primera instancia, sin perjuicio de ulterior recurso ante la Junta de superior categoría.

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Acuerdo 172/2003, de 13 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Representante de una coalición en la Comisión de Radio y Televisión

Desestima el recurso de la Coalición Bloc Nacionalista Valencià-Esquerra Verda contra la denegación de representante en la Comisión de Radio y Televisión, porque, según el informe de la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana, ninguno de los dos partidos de la coalición obtuvo representación en las Cortes Valencianas en las elecciones autonómicas de 13 de junio de 1999.

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Acuerdo 811/2003, de 7 de mayo de 2003AcuerdoTrámite

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos para las elecciones de 2003

Trámite: se acuerda la distribución de espacios gratuitos en los términos propuestos por la Comisión de Radio y Televisión y se anuncia en el BOE para que las entidades políticas afectadas puedan examinar el acuerdo y recurrirlo en el plazo de un día.

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Acuerdo 159/2003, de 7 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Emisión de espacios gratuitos fuera de las franjas del plan de cobertura de RTVE

Desestima el recurso del medio contra las resoluciones de las Juntas Electorales de Canarias y de Cantabria: aunque considera fundadas las razones, predominantemente técnicas, del recurso, debe prevalecer, valoradas las circunstancias del caso, el criterio unánime de las entidades políticas concurrentes, compartido por dichas Juntas, sobre las franjas horarias de los espacios gratuitos, acordadas de forma no absolutamente insalvable para el medio.

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Acuerdo 133/2003, de 7 de mayo de 2003AcuerdoCaso concreto

Junta competente para distribuir espacios gratuitos en emisoras de ámbito inferior al regional

El punto quinto de la Instrucción de 25 de abril prevé la delegación en todas las Juntas Electorales Provinciales y en las de Ceuta y Melilla de la distribución de los espacios gratuitos en las emisoras municipales de radiodifusión sonora y en las emisoras de televisión local por ondas terrestres.

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Acuerdo 116/2003, de 25 de abril de 2003AcuerdoTrámite

Constitución de la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones de mayo de 2003

Trámite: se fija el día 7 de mayo para la constitución de la Comisión de Radio y Televisión del artículo 65 de la LOREG, integrada por un representante de cada formación concurrente con representación en el Congreso de los Diputados, cuya presidencia recae por sorteo en Coalición Canaria, y se convoca sesión de la JEC ese mismo día para estudiar la propuesta de distribución de espacios gratuitos.

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Acuerdo 92/2003, de 21 de abril de 2003AcuerdoTrámite

Competencia de la Junta Electoral de Comunidad Autónoma para distribuir espacios gratuitos en elecciones concurrentes

El apartado séptimo de la Instrucción de la JEC de 17 de mayo de 1999, sobre la competencia de las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma para la distribución de espacios gratuitos de campaña cuando coinciden elecciones autonómicas y locales, no ha sido objeto de modificaciones, por lo que la JEC se remite a él.

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Acuerdo 106/2001, de 5 de octubre de 2001AcuerdoCaso concreto

Franja horaria de emisión de los espacios gratuitos de campaña en RTVG

Estima parcialmente el recurso del Partido dos Socialistas de Galicia-PSOE contra el acuerdo de la Junta Electoral de Galicia de distribución de espacios gratuitos y le reconoce el derecho a que cuatro de sus espacios de dos minutos y medio se emitan en la franja de las 20,23 horas, ampliada a tal fin, en los cuatro días que determine RTVG, con elección por el Partido Popular y, sucesivamente, por el Bloque Nacionalista Galego del orden de emisión de sus espacios en esa franja en esos días; requiere a RTVG para que determine cuanto antes los días de ampliación.

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Acuerdo 291/2000, de 7 de marzo de 2000AcuerdoTrámite

Vídeo de espacios gratuitos cuya emisión suspende RTVE

Trámite: se comunica a RTVE, que remitió el vídeo de «Independencia Paisos Catalans» a efectos de una posible reclamación de la entidad afectada, que hasta el momento no se ha presentado ante la JEC recurso alguno contra la resolución del Ente Público que suspendió su emisión.

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Acuerdo 286/2000, de 7 de marzo de 2000AcuerdoCaso concreto

Rechazo de un vídeo de espacios gratuitos por alusiones al Rey y a la bandera

Desestima el recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife que rechazó un vídeo del Partido Comunista del Pueblo Canario para los espacios gratuitos: la recurrente ha confeccionado otro vídeo suprimiendo las alusiones al Rey, a la Corona y a la bandera, que se emitirá como propaganda electoral gratuita, con lo que se entiende reparado el perjuicio que hubiera podido ocasionarle la no emisión del anterior.

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Acuerdo 249/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Emisión de los espacios gratuitos de una formación en días diferentes

TVE, en la medida en que lo permitan las franjas horarias disponibles y las necesidades técnicas del medio, debe procurar emitir los espacios gratuitos correspondientes al Partido Humanista en días diferentes y no en un solo día y en un único bloque.

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Acuerdo 247/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Incidencias en la emisión de un espacio gratuito distribuido por una Junta Provincial

Cualquier incidencia en la ejecución de lo acordado por la Junta Electoral Provincial de Navarra en materia de distribución de espacios gratuitos debe someterla a dicha Junta la representación del Ente Público RTVE, mediante la pertinente exposición motivada; así se responde a la remisión de un vídeo de Euskal Herritarrok cuya emisión había sido suspendida cautelarmente.

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Acuerdo 246/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos con gran número de candidaturas concurrentes

Desestima los recursos de varias formaciones sobre la distribución de espacios gratuitos en TVE Madrid y Telemadrid: dado el gran número de entidades políticas concurrentes en la circunscripción de Madrid con derecho a espacios (38) y consultados los medios afectados, según informa la Junta Electoral Provincial de Madrid, no es técnicamente posible una distribución diferente de la ya acordada.

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Acuerdo 245/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCriterio general

Preferencias legales en los espacios gratuitos frente a acuerdos en la Comisión

Desestima los recursos del Partido Andalucista y de Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía por los términos del informe de la Junta Electoral de Andalucía, del que se les da traslado, y porque las preferencias que reconoce a las entidades políticas el artículo 67 de la LOREG (y, en términos coincidentes, el artículo 30 de la Ley Electoral de Andalucía) no pueden quedar sujetas al acuerdo que, en la Comisión encargada de proponer la distribución de espacios, alcancen tres partidos en beneficio de dos de ellos, eludiendo las preferencias fundadas en el número de votos obtenidos en las anteriores elecciones equivalentes.

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Acuerdo 239/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos acordada por razones estrictamente técnicas

Desestima el recurso de la coalición Front del País Valencià-Esquerra Republicana de Catalunya: según informa la Junta Electoral Provincial de Valencia, la distribución de espacios acordada a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión atendió a razones estrictamente técnicas, y dado el número de candidaturas concurrentes y las franjas horarias ofrecidas por los medios no es viable otra distinta, siendo además conforme con los derechos de las candidaturas y con los principios de proporcionalidad, preferencia y equidad.

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Acuerdo 237/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos técnicamente inviable de otro modo

Desestima el recurso de Los Verdes Ecopacifistas contra la distribución de espacios gratuitos: según informa la Junta Electoral Provincial de Valencia, dado el número de candidaturas con derecho a espacios y la composición de las franjas ofrecidas por los medios, es técnicamente inviable otra distribución, y la acordada, a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión, es acorde con los principios de proporcionalidad, preferencia y equidad para todas las entidades concurrentes.

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Acuerdo 232/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Propuesta de RTVE de modificar el horario de emisión de los espacios gratuitos

El Ente Público RTVE ha de estar al horario de emisión de los espacios gratuitos de propaganda electoral acordado por la JEC en su sesión del día 23, a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión, al no advertirse que ese horario altere la programación nacional del medio de forma diferente a como lo haría el horario propuesto por el Ente.

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Acuerdo 224/2000, de 29 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Espacios gratuitos no emitidos por razones técnicas y su reparación

Desestima el recurso de Izquierda Unida-Los Verdes-Convocatoria por Andalucía: fueron razones técnicas las que impidieron la emisión en Canal Sur, el 25 de febrero, de los espacios gratuitos de la recurrente y de otras dos formaciones, y el perjuicio puede repararse debidamente emitiendo los espacios no emitidos el 5 de marzo, único día con franjas todavía disponibles.

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Acuerdo 203/2000, de 23 de febrero de 2000AcuerdoTrámite

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos en las elecciones generales de 2000

Trámite: se aprueba la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los términos propuestos por la Comisión de Radio y Televisión, se da traslado a los representantes generales de las entidades con espacios y al Director General del Ente Público RTVE y se ordena publicar en el BOE el anuncio previsto en la Instrucción de 13 de septiembre de 1999.

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Acuerdo 180/2000, de 21 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Composición de la Comisión de Radio y Televisión provincial: partidos antes coaligados

Desestima el recurso de Iniciativa per Catalunya-Verds contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que convoca la reunión constitutiva de la Comisión del artículo 65.5 de la LOREG y designa a sus integrantes: tanto la recurrente como el Partit dels Comunistes de Catalunya concurrieron en las elecciones generales de 1996 dentro de la Coalición Iniciativa per Catalunya-Els Verds y obtuvieron representación en el Congreso de los Diputados, y ambas vuelven a presentar candidatura, una en solitario y otra dentro de la Coalición Esquerra Unida i Alternativa, por lo que las dos tienen derecho a formar parte de la Comisión de Radio y Televisión que distribuye los espacios gratuitos.

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Acuerdo 145/2000, de 15 de febrero de 2000AcuerdoTrámite

Designación de la Comisión de Radio y Televisión en las elecciones generales de 2000

Trámite: a la vista de las designaciones realizadas por las entidades políticas, se designa la Comisión de Radio y Televisión a la que, conforme al artículo 65 de la LOREG y bajo la dirección de la JEC, corresponde proponer la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal en los medios de titularidad pública, y se nombra por sorteo a su Presidente.

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Acuerdo 138/2000, de 15 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Número de Comisiones de Radio en una provincia con dos emisoras públicas

En la Junta Electoral Provincial de Álava se constituye una única Comisión de Radio, que distribuye los espacios gratuitos de propaganda electoral en Radio Vitoria, salvo que sea emisora de titularidad municipal, en cuyo caso no se emiten espacios gratuitos en las elecciones generales, y también en Radio Nacional de España en el País Vasco si su centro emisor radica en Vitoria.

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Acuerdo 134/2000, de 15 de febrero de 2000AcuerdoTrámite

Delegación en las Juntas Provinciales de la distribución de espacios gratuitos

Trámite: se informa a un medio de comunicación de que la JEC delegará en su momento en las Juntas Electorales Provinciales las competencias para la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en medios de titularidad pública y de la fecha de publicación en el BOE de las candidaturas proclamadas.

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Acuerdo 84/2000, de 9 de febrero de 2000AcuerdoCaso concreto

Delegación en las Juntas Provinciales de la distribución de espacios gratuitos y entidades concurrentes

La JEC delegará en su momento en las Juntas Electorales Provinciales la competencia para distribuir los espacios gratuitos de propaganda electoral; las entidades políticas concurrentes a las elecciones de 12 de marzo de 2000 serán las que presenten candidatura en forma y plazo.

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Véanse también