11.2 Espacios gratuitos: procedimiento, Comisión de Radio y Televisión y emisión

Comisión de Radio y Televisión, propuesta de distribución, orden y franjas de emisión, medios obligados, entrega de materiales, delegación en las Juntas Provinciales (art. 65.5).

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Acuerdo 267/2011, de 10 de mayo de 2011AcuerdoCaso concreto

Concentración de espacios gratuitos y ámbito de difusión de RNE en Galicia

Estima el recurso de Alternativa Dos Veciños: la ley electoral no fija la duración concreta de los espacios gratuitos, sino los tiempos totales de emisión (artículos 188 y 64 de la LOREG), por lo que, si el medio no opone objeciones técnicas, los espacios de 30 segundos pueden concentrarse sin alterar el cómputo final por franja horaria y día de cada formación. Desestima el del Bloque Nacionalista Galego: al tener RNE en Galicia su sede territorial en A Coruña y en Pontevedra solo unidades informativas, el ámbito de difusión y programación sigue siendo autonómico pese a las desconexiones, y no se altera el artículo 62 en relación con el 64 de la LOREG.

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Acuerdo 247/2011, de 10 de mayo de 2011AcuerdoCaso concreto

Cambio de la franja de emisión de los espacios gratuitos en La 2 de TVE

Entiende admitida la propuesta de la Corporación RTVE de alterar la franja de emisión de los espacios gratuitos en La 2 de TVE, planteada por coincidir con la desconexión en Cataluña, al no haberse recibido alegación alguna de las formaciones políticas afectadas.

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Acuerdo 246/2011, de 10 de mayo de 2011AcuerdoCaso concreto

Bloques separados de espacios gratuitos en elecciones autonómicas y municipales concurrentes de 2011

La Presidencia de la JEC, al amparo del último párrafo del artículo 20 de la LOREG, responde que el artículo 64 distribuye los tiempos de propaganda en los medios públicos entre las entidades que, en las elecciones municipales, cumplan los requisitos del artículo 188; que el apartado quinto de la Instrucción 5/2011, de 7 de abril, delega en las Juntas Electorales Provinciales y en las de Ceuta y Melilla la distribución de los espacios gratuitos en las emisoras públicas de ámbito comarcal o municipal, atendiendo a los resultados de las anteriores elecciones municipales en el municipio; y que los espacios consisten en un bloque para las elecciones a la Asamblea Legislativa, distribuido según los resultados de las anteriores a la misma, y otro distribuido según los resultados de las anteriores elecciones municipales.

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Acuerdo 237/2011, de 5 de mayo de 2011AcuerdoCaso concreto

Junta competente para distribuir los espacios gratuitos en los medios públicos de Canarias

Califica como consulta aclaratoria el escrito de Radio Televisión Canaria, pues la Junta Electoral Provincial de Santa Cruz de Tenerife se limitó a pedirle franjas horarias y días de emisión, y declara que en Canarias rige el apartado sexto de la Instrucción 5/2011, de 7 de abril: corresponde a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Canarias distribuir los espacios gratuitos en los medios de la Comunidad y en la programación regional de los medios nacionales, en un bloque para las elecciones a la Asamblea Legislativa, según los resultados de las anteriores a la misma, y otro según los resultados de las anteriores elecciones municipales.

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Acuerdo 192/2011, de 28 de abril de 2011AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos en medios públicos para las elecciones locales de 2011

Acuerda la distribución de espacios gratuitos en los medios de titularidad pública conforme a la propuesta de la Comisión de Radio y Televisión del artículo 65 de la LOREG y su anuncio en el BOE, con plazo para examinar el acuerdo, recurrir y formular alegaciones; las formaciones sin representación en la Comisión pueden solicitar los espacios mediante escrito motivado que indique las circunscripciones en que tengan candidaturas proclamadas, a efectos de los artículos 188 y 64 de la LOREG; toma conocimiento de que Unión, Progreso y Democracia ha presentado candidaturas en municipios que comprenden el 51,87 por ciento de la población de derecho de las circunscripciones del ámbito de difusión nacional de RTVE, por lo que tiene derecho a los espacios del artículo 64; y habilita al Presidente para asignar espacios a las entidades que recurran en plazo si no es posible reunir a la Junta.

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Acuerdo 163/2011, de 14 de abril de 2011AcuerdoCaso concreto

Junta competente para distribuir los espacios gratuitos en medios públicos en elecciones concurrentes

La JEC, sin perjuicio del artículo 65 de la LOREG y del artículo 41 de la Ley 1/1987, Electoral de la Comunidad Valenciana, delegó el 7 de abril de 2011 en las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma o, en su caso, en las Provinciales la distribución de los espacios gratuitos en los medios de titularidad pública. Conforme a la Instrucción 5/2011, esas Juntas distribuyen los espacios en los medios de la Comunidad Autónoma y en la programación regional de los medios nacionales, en un bloque para las elecciones a la Asamblea Legislativa, según los resultados de las anteriores, y otro según los resultados de las anteriores elecciones municipales y los criterios de la Instrucción.

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Acuerdo 146/2011, de 14 de abril de 2011AcuerdoTrámite

Constitución y composición de la Comisión de Radio y Televisión en 2011

Trámite: se fija el 27 de abril de 2011 para la constitución, en la sede de la JEC, de la Comisión de Radio y Televisión del artículo 65 de la LOREG, integrada por un representante de cada formación concurrente con representación en el Congreso de los Diputados, y se recoge su composición para las elecciones de 22 de mayo de 2011.

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Acuerdo 115/2010, de 16 de noviembre de 2010AcuerdoCriterio general

Delegación en otras Juntas Provinciales de las competencias del artículo 65 de la LOREG

Conforme al artículo 65.6 de la LOREG, las competencias que ese artículo atribuye a la JEC corresponden a la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma o, si no está constituida, como ocurre en las elecciones al Parlamento de Cataluña, a la Junta Electoral de la provincia cuya capital sea la de la Comunidad. Nada impide que en esas elecciones la Junta Electoral Provincial de Barcelona delegue en alguna o en todas las Juntas Electorales Provinciales el ejercicio de algunas de esas competencias cuando se desarrollen dentro de su respectivo ámbito provincial.

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Acuerdo 141/2009, de 28 de mayo de 2009AcuerdoTrámite

Lengua del material audiovisual para espacios gratuitos en la televisión autonómica vasca

Trámite: se traslada a Falange Española de las JONS, que se quejaba de la exigencia de un vídeo grabado íntegramente en euskera, el informe de Euskal Telebista en el que se declara que dicho medio admite el material audiovisual de los espacios gratuitos de propaganda electoral en la lengua que contenga.

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Acuerdo 136/2009, de 28 de mayo de 2009AcuerdoCaso concreto

Coincidencia de una retransmisión deportiva con la emisión de espacios gratuitos

Se mantienen las condiciones de emisión de los espacios gratuitos electorales acordadas por la Comisión de Radio y Televisión el 14 de mayo de 2009; si no fuera posible por coincidir con la retransmisión del torneo de tenis Roland Garros, la franja de espacios gratuitos se emitirá inmediatamente después del encuentro.

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Acuerdo 126/2009, de 21 de mayo de 2009AcuerdoCaso concreto

Condiciones técnicas de emisión de los espacios gratuitos de partidos extraparlamentarios en RTVE

Desestima los recursos del Partido Humanista, Por Un Mundo Más Justo, Movimiento Social Republicano y Extremadura Unida contra la distribución de espacios gratuitos: según ha aclarado la Corporación RTVE en escrito de 18 de mayo, no hay discriminación entre partidos parlamentarios y extraparlamentarios en las condiciones técnicas para la emisión de los espacios gratuitos de propaganda electoral en dicho medio.

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Acuerdo 123/2009, de 21 de mayo de 2009AcuerdoCriterio general

Composición de la Comisión Provincial de Radio y Televisión en medios de ámbito supraprovincial

Si el medio o centro emisor tiene un ámbito territorial superior al provincial, la Comisión Provincial de Radio y Televisión debe estar formada por los representantes de las entidades políticas concurrentes a las elecciones que cuenten con representación parlamentaria obtenida en el conjunto de las circunscripciones que constituyen el ámbito del medio o centro emisor; es criterio reiterado.

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Acuerdo 114/2009, de 14 de mayo de 2009AcuerdoCriterio general

Espacios gratuitos en medios públicos autonómicos y provinciales en elecciones al Parlamento Europeo

Las emisoras de titularidad pública de ámbito autonómico o provincial deben proporcionar las bandas horarias para que las Juntas Electorales Provinciales distribuyan los espacios gratuitos de los artículos 61 y siguientes de la LOREG, sin perjuicio de lo acordado sobre la programación autonómica de la Corporación RTVE (artículo 62). En las elecciones al Parlamento Europeo quedan excluidas las emisoras de titularidad municipal, según el artículo único de la Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril. Cuando la programación del medio sea de ámbito superior al provincial, la delegación se entiende hecha en favor de la Junta Electoral Provincial en cuyo territorio radique el medio o centro emisor.

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Acuerdo 111/2009, de 14 de mayo de 2009AcuerdoTrámite

Designación de la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones al Parlamento Europeo de 2009

Trámite: la Presidencia, por delegación de la JEC, designa la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones al Parlamento Europeo de 7 de junio de 2009, formada por las personas designadas por las entidades políticas con derecho a ello conforme al artículo 65.3 de la LOREG, a la que corresponde proponer la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal en los medios de titularidad pública.

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Acuerdo 168/2008, de 24 de marzo de 2008AcuerdoCaso concreto

Cambio de fecha de emisión de un espacio gratuito para evitar su coincidencia con un debate

Desestima el recurso de Coalición Andalucista y confirma la resolución de la Junta Electoral de Andalucía: el cambio respetó las características de la emisión, al trasladar el spot de la formación al día anterior y en hora de análoga audiencia, por lo que no parece que le ocasionara perjuicio, y estaba plenamente justificado para evitar la coincidencia con el debate entre los candidatos de las dos formaciones con mayor representación en el Congreso de los Diputados que iba a retransmitir la cadena.

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Acuerdo 126/2008, de 3 de marzo de 2008AcuerdoCaso concreto

Cambio de franja horaria de los espacios gratuitos en una emisora de radio

Desestima el recurso de Ciudadanos en Blanco: la Junta Electoral Provincial de Cantabria, a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión, se limitó a aceptar el cambio de la franja de Radio 5 para los espacios gratuitos, de 19,52 a 20 h a la de 18,35 a 18,45 h, porque la primera está reservada a los espacios de ámbito nacional, lo que resulta plenamente razonable, sin que el recurrente justifique la falta de idoneidad de la banda adjudicada.

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Acuerdo 108/2008, de 25 de febrero de 2008AcuerdoCaso concreto

Espacios gratuitos de ámbito autonómico solicitados por formación sin candidatura en la provincia

Estima parcialmente el recurso de Nueva Canarias-Centro Canario y anula el archivo de su solicitud de espacios gratuitos, fundado solo en no haber presentado candidatura en la provincia de Santa Cruz de Tenerife: en esta materia la Junta Electoral Provincial actúa con competencia delegada de la JEC y le corresponde distribuir los espacios en el ámbito de difusión de Canarias por radicar en esa provincia el centro emisor; se le devuelve el asunto para que los asigne si la formación cumple los demás requisitos de la LOREG.

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Acuerdo 96/2008, de 19 de febrero de 2008AcuerdoCaso concreto

Participación de una formación sin diputados en las comisiones provinciales de Radio y Televisión

Conforme al artículo 65.5 de la LOREG, la composición de las comisiones de Radio y Televisión que se constituyen en el ámbito de las Juntas Electorales Provinciales ha de tener en cuenta la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados del ámbito territorial respectivo, y no consta que la Federación de Los Verdes obtuviera diputado al Congreso en las anteriores elecciones generales.

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Acuerdo 86/2008, de 19 de febrero de 2008AcuerdoCaso concreto

Aprobación de la distribución de espacios gratuitos en las elecciones generales de 2008

Aprueba la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios públicos en los términos propuestos por la Comisión de Radio y Televisión y ordena publicar el anuncio en el BOE; las entidades políticas afectadas pueden examinarla y recurrirla en el plazo preclusivo de un día desde la publicación, y las formaciones sin representación en la Comisión pueden solicitar los espacios a que tengan derecho mediante escrito motivado en el plazo de 24 horas desde el día siguiente a la publicación o, en su caso, desde la notificación del acuerdo que resuelva los recursos.

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Acuerdo 77/2008, de 14 de febrero de 2008AcuerdoCaso concreto

Espacios gratuitos de propaganda de treinta segundos en medios públicos autonómicos

Accede a extender a los medios públicos autonómicos solicitantes el Acuerdo de la JEC de 29 de enero de 2008: no hay inconveniente en que los espacios gratuitos de propaganda electoral tengan una duración de 30 segundos, si bien el medio debe comunicarlo con la mayor antelación posible a los representantes de las candidaturas proclamadas.

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Acuerdo 76/2008, de 14 de febrero de 2008AcuerdoCriterio general

Derecho a representación en las comisiones provinciales de Radio y Televisión

A las comisiones provinciales de Radio y Televisión se aplican los mismos criterios que a la Comisión de Radio y Televisión dependiente de la JEC, adecuados al ámbito territorial respectivo; es doctrina reiterada que para tener representación en ellas se exige haber tenido representación en el Congreso de los Diputados en ese ámbito, de la que se carece cuando el representante en la Cámara fue elegido por una candidatura distinta de la que le presenta en el nuevo proceso electoral.

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Acuerdo 59/2008, de 7 de febrero de 2008AcuerdoCriterio general

Derecho a representación en la Comisión de Radio y Televisión y partidos de nueva creación

Los partidos de nueva creación reciben legalmente el tratamiento previsto para las entidades políticas que no concurrieron a las anteriores elecciones equivalentes; las Comisiones de Radiotelevisión son las únicas competentes para proponer a las Juntas Electorales la distribución de los espacios gratuitos, conforme al artículo 65 de la LOREG; y el derecho a estar representado en la Comisión, según el artículo 65.3, corresponde a las entidades con representación en el Congreso de los Diputados, condición que no tienen aquellas cuyo representante en la Cámara fue elegido por una candidatura distinta de la que lo presenta al nuevo proceso. La JEC recuerda esta doctrina ante la solicitud de Nueva Canarias-Centro Canario.

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Acuerdo 42/2008, de 4 de febrero de 2008AcuerdoCaso concreto

Duración de los espacios gratuitos de propaganda en los medios públicos de Galicia

Accede a extender a los medios de comunicación de titularidad pública de Galicia el Acuerdo de la JEC de 29 de enero de 2008: no hay inconveniente en que los espacios gratuitos de propaganda electoral tengan una duración de 30 segundos, si bien el medio debe trasladar este extremo con la mayor antelación posible a los representantes de las candidaturas proclamadas.

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Acuerdo 24/2008, de 24 de enero de 2008AcuerdoTrámite

Modificación del modelo de espacios gratuitos en TVE y RNE tras la Ley 17/2006

Trámite: antes de decidir sobre la propuesta de la Corporación RTVE de modificar el modelo de espacios gratuitos de propaganda electoral en TVE y RNE, se le requiere para que aclare lo manifestado por las formaciones con representación parlamentaria sobre el mantenimiento de la programación regional en determinadas Comunidades Autónomas e indique la programación regional y las bandas horarias facilitadas para dichos espacios en las elecciones generales de 2004.

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Acuerdo 231/2007, de 21 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Modificación del horario de emisión de un espacio gratuito ya acordado

Estima el recurso del Partido Antitaurino contra el Maltrato Animal (PACMA), revoca el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que trasladaba la emisión de su vídeo electoral a la 1 de la madrugada y ordena emitirlo en el horario inicialmente acordado: no hay motivo con fundamento en la legislación electoral para modificar los acuerdos adoptados por la Junta competente que no han sido recurridos en el plazo legalmente establecido.

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Acuerdo 229/2007, de 21 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Proporcionalidad en la distribución de espacios gratuitos en la Televisión de Galicia

Desestima el recurso del Bloque Nacionalista Galego contra la aprobación de la distribución de espacios gratuitos en Televisión de Galicia: el recurrente no acredita de qué manera se ha vulnerado el principio de proporcionalidad en una distribución hecha conforme a los resultados de las últimas elecciones equivalentes, dando preferencia a las formaciones con mayor representación en las últimas elecciones municipales, como establece el artículo 67 de la LOREG, y con la conformidad de su representante en la Comisión de Radio y Televisión.

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Acuerdo 215/2007, de 16 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Adaptación de los espacios gratuitos en TVE a las franjas de desconexión regional

Estima el recurso de RTVE y requiere a la Junta Electoral Provincial de Cantabria para que adapte de forma inmediata la distribución de espacios gratuitos a las franjas horarias de desconexión regional aportadas por la Corporación.

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Acuerdo 212/2007, de 16 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Adaptación de los espacios gratuitos a las franjas de desconexión regional de RTVE

Estima el recurso de la Corporación RTVE y requiere a la Junta Electoral Provincial de Cantabria para que adapte de forma inmediata la distribución de espacios gratuitos a las franjas horarias de desconexión regional aportadas por la Corporación.

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Acuerdo 211/2007, de 16 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Adaptación de los espacios gratuitos a las franjas de desconexión regional de RNE

Estima el recurso de la Corporación RTVE y requiere a la Junta Electoral de Canarias para que adapte de forma inmediata la distribución de espacios gratuitos a las franjas horarias de desconexión regional aportadas por la Corporación.

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Acuerdo 196/2007, de 16 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Orden a TVE de no alterar el reparto de espacios gratuitos acordado

Desestima el recurso de Coalición Canaria-Partido Nacionalista Canario: el acuerdo de la Junta Electoral de Canarias se limita a ordenar a TVE en Canarias que se abstenga de alterar el reparto de espacios gratuitos de propaganda electoral acordado por dicha Junta, sin modificar la distribución aprobada, que el recurrente no impugnó.

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Acuerdo 183/2007, de 16 de mayo de 2007AcuerdoCriterio general

Junta competente para distribuir espacios gratuitos en una emisora de ámbito interprovincial

La distribución de espacios gratuitos en emisoras como Radio Monegros, cuyo ámbito comprende municipios de las provincias de Huesca y Zaragoza, corresponde a la Junta Electoral Provincial en cuyo ámbito radique el medio de comunicación.

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Acuerdo 172/2007, de 8 de mayo de 2007AcuerdoCaso concreto

Distribución de espacios gratuitos en las elecciones locales de 2007

Acuerda la distribución de espacios gratuitos en los términos propuestos por la Comisión de Radio y Televisión, salvo la banda horaria de los espacios de las entidades políticas no representadas en ella, que se fija a las 11:16 horas según la propuesta inicial de la Corporación RTVE; ordena anunciarlo en el BOE para que las entidades afectadas puedan, en el plazo de un día, examinar el acuerdo y recurrir, y las formaciones sin representación en la Comisión solicitar por escrito motivado, en 48 horas, los espacios a que tengan derecho.

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Acuerdo 169/2007, de 8 de mayo de 2007AcuerdoTrámite

Publicación de la composición de la Comisión de Radio y Televisión

Trámite: designados los vocales por las entidades políticas, se ordena publicar en el BOE la composición de la Comisión de Radio y Televisión para las elecciones de 27 de mayo de 2007.

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Acuerdo 104/2007, de 19 de abril de 2007AcuerdoCriterio general

Franjas horarias de emisión de los espacios gratuitos de propaganda electoral

La distribución de los bloques de espacios ha de ser la necesaria para atribuir a todas las entidades políticas con derecho a ellos el minutaje que les corresponde; las Juntas Electorales competentes, en función de los espacios asignados y de las preferencias legalmente ejercitadas por los partidos, pueden alterar las bandas horarias propuestas por la dirección del medio de titularidad pública siempre que sea técnicamente posible; es criterio reiterado.

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Acuerdo 24/2007, de 7 de febrero de 2007AcuerdoCriterio general

Obligación de los medios públicos de facilitar bandas horarias a las Juntas Provinciales

Corresponde a las Juntas Electorales Provinciales, conforme a la Instrucción de la JEC de 18 de enero de 2007, distribuir los espacios gratuitos de propaganda en las programaciones regionales y locales de los medios de titularidad estatal y de los demás medios de ámbito similar que sean públicos, con excepción de las emisoras municipales de radiodifusión sonora; en consecuencia, esos medios públicos deben facilitar a dichas Juntas las bandas horarias para su distribución.

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Acuerdo 169/2006, de 23 de octubre de 2006AcuerdoCaso concreto

Franja horaria y duración de los espacios gratuitos de formaciones extraparlamentarias

Estima en parte el recurso de Ciutadans-Partido de la Ciudadanía contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona sobre distribución de espacios gratuitos: las franjas asignadas resultan desproporcionadamente discriminatorias para las entidades afectadas y no se justifica objetivamente la imposición de espacios de dos minutos y medio. Ordena arbitrar, para los espacios aún no emitidos, una franja entre las 8 y las 24 horas para la recurrente y las demás entidades que lo deseen, y reconoce a la recurrente y a las demás formaciones extraparlamentarias la posibilidad de que sus espacios pendientes sean de 100 o de 120 segundos, siempre que no lo impidan razones técnicas; rechaza el recurso en lo demás.

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Acuerdo 386/2004, de 9 de junio de 2004AcuerdoCaso concreto

Supuesto incumplimiento por la televisión pública de la emisión de espacios gratuitos

Desestima el recurso de Coalición Europea por el supuesto incumplimiento por TVE de la emisión de sus espacios gratuitos de propaganda electoral: vistas las alegaciones del Ente Público RTVE, no se consideran acreditados los incumplimientos denunciados.

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Acuerdo 360/2004, de 1 de junio de 2004AcuerdoCaso concreto

Franjas y momentos de emisión de los espacios gratuitos de diez minutos en RTVE

Estima los recursos de diversas entidades políticas contra la distribución de espacios gratuitos acordada por la JEC el 24 de mayo de 2004: RTVE debe asignar los espacios de diez minutos a que tienen derecho las recurrentes en las franjas horarias acordadas por la JEC a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión y en momentos que conjuguen las necesidades técnicas de los medios con las preferencias de dichas entidades.

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Acuerdo 348/2004, de 1 de junio de 2004AcuerdoTrámite

Designación de miembros de la Comisión de Radio y Televisión en Asturias

Desestima el recurso de Izquierda Unida contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias sobre la designación de miembros de la Comisión de Radio y Televisión, por los propios fundamentos del acuerdo recurrido y del informe de dicha Junta, que no se reproducen.

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Acuerdo 346/2004, de 1 de junio de 2004AcuerdoCaso concreto

Derecho de una entidad política a integrar la Comisión de Radio y Televisión

Desestima el recurso del Partido de Acción Socialista contra la designación de la Comisión de Radio y Televisión sin un miembro propuesto por esa entidad, porque la recurrente no cumple los requisitos del artículo 65.3 de la LOREG.

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Véanse también